COBRE NUEVO CHILE SPA/
Rol
V-540-2022
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, compareció Marcelo Antonino Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº10.703.661-K, en representación de COBRE NUEVO CHILE SPA, sociedad por acciones, del giro minero, RUT 77.587.206-3, ambos con domicilio en Av. Apoquindo 4.775, oficina 1002, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y refirió que en terrenos abiertos e incultos, ubicados en la comuna de General Lagos, provincia de Parinacota, región de Arica y Parinacota, encontró sustancias minerales concesibles, por lo que solicitó un pedimento que denominará “CARACARANI I”. Agregó que el Punto Medio de la cara superior de la concesión se encuentra ubicado en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 8.038.100,00 metros, Este: 433.600,00 metros, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Asimismo señaló que el pedimento solicitado tendrá la forma de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Finalmente mencionó que los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este- Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie total de 300 hectáreas. Previas citas legales, solicitó tener por presentado el pedimento; se admita a tramitación; se ordene su inscripción y su publicación; se certifique el día y hora de su presentación, otorgándosele copia autorizada de la presentación de folio 1 con su resolución; y, en definitiva, se declare constituida la concesión minera de exploración “Caracarani I” a favor de su representada, Cobre Nuevo Chile SPA. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió con fecha 21 de noviembre de 2022, a fojas 2169 y siguientes, bajo el Nº 1085 del año 2022, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. Código: XSEVXEDRXJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 7 de diciembre de 2022, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, a folio 9 mediante ordinario N° 0192, de fecha 10 de marzo de 2023 el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes; y, que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “CARACARANI I” son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 8.038.100,00 433.600,00 V1 8.038.600,00 432.100,00 V2 8.038.600,0
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “CARACARANI I”, con una superficie total de 300 hectáreas en favor de COBRE NUEVO CHILE SPA, peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se apelare. Rol V-540-2022 Código: XSEVXEDRXJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil. En Arica, a dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv Código: XSEVXEDRXJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-16T10:27:03-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-540-2022 CARATULADO : COBRE NUEVO CHILE SPA/ Arica, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, compareció Marcelo Antonino Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº10.703.661-K, en representación de COBRE NUEVO CHILE SPA
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