8º Juzgado Civil de Santiago

SEGU/REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A.

Rol

C-12731-2022

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: ?En desacuerdo legal de las partes, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 543 del Código de Comercio y 414 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: ऀComo se pide, designase Juez árbitro quien se desempeñará como árbitro arbitrador, a don a don JOSE LUIS LÓPEZ BLANCO, abogado, correo electrónico jl.lopez@aslcorp.cl, a fin de que proceda a resolver las dificultades existentes entre las partes de autos. ?Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes para que dentro de tercero día deduzcan su oposición, si tiene alguna incapacidad legal que reclamar contra el nombrado. Vencido este plazo sin que se formule oposición, se entenderá aceptado el nombramiento, y hecho, notifíquese al árbitro su designación, a fin de que emita pronunciamiento de la aceptación o rechazo del cargo. En la afirmativa, deberá prestar juramento de desempeñar con prontitud y fidelidad el encargo. ?Anótese, regístrese y notifíquese. ROL C-12.731-2022 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés Código: YWNVXEPJZXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl.lopez@aslcorp.cl 2023-03-16T09:50:51-0300

Fallo

SE DECLARA: ऀComo se pide, designase Juez árbitro quien se desempeñará como árbitro arbitrador, a don a don JOSE LUIS LÓPEZ BLANCO, abogado, correo electrónico jl.lopez@aslcorp.cl, a fin de que proceda a resolver las dificultades existentes entre las partes de autos. ?Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes para que dentro de tercero día deduzcan su oposición, si tiene alguna incapacidad legal que reclamar contra el nombrado. Vencido este plazo sin que se formule oposición, se entenderá aceptado el nombramiento, y hecho, notifíquese al árbitro su designación, a fin de que emita pronunciamiento de la aceptación o rechazo del cargo. En la afirmativa, deberá prestar juramento de desempeñar con prontitud y fidelidad el encargo. ?Anótese, regístrese y notifíquese. ROL C-12.731-2022 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés Código: YWNVXEPJZXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl.lopez@aslcorp.cl 2023-03-16T09:50:51-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-12731-2022 CARATULADO??: SEGU/REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A. Santiago, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés VISTOS: ?En desacuerdo legal de las partes, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 543 del Código de Comercio y 414 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: ऀComo se pide, desi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica