11º Juzgado Civil de Santiago

TORNERO/

Rol

V-345-2022

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Compareció el abogado JOSÉ TOMÁS INFANTE ZAÑARTU, en representación de don CARLOS FRANCISCO TORNERO FIGUEROA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad número 5.154.483-8, domiciliado para estos efectos en Avenida Santa María 5888, piso 2, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Expuso que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil y a lo indicado en los artículos 1.386 y siguientes del Código Civil, viene en solicitar autorización para que don CARLOS FRANCISCO TORNERO FIGUEROA done como mera liberalidad y en forma irrevocable, a su hija doña CAROLINA OLGA TORNERO OPAZO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora de vestuario, cédula nacional de identidad número 12.058.261-5, en adelante la “Donataria”, los siguientes bienes: 1.- Departamento número 204 del segundo piso, del estacionamiento número 43 en conjunto con la bodega número 41, ambos del segundo subterráneo, todos del “Edificio Crisantemos 764”, ubicado en calle Crisantemos número 764, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 278-A al 278-D; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes, entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: Norte, en cuarenta y un metros con setenta y dos Código: KYXJXEQCCXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 centímetros con lotes quince y veintiuno; Sur, en cuarenta y un metros con setenta y dos centímetros con lotes once, diez y veinticinco; Oriente, en veintinueve metros con calle Hipólito Irigoyen; Poniente, en veintinueve metros con calle Crisantemos. Los adquirió por compra a la sociedad Inmobiliaria Crisantemos Limitada, según escritura de fecha 18 de junio de 2008, otorgada en la notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci, in

Fundamentos

considerando en especial otros inmuebles, inversiones financieras, acciones, ahorros previsionales, vehículos, según se detallará y especificará oportunamente en los documentos y declaraciones que se acompañarán debidamente al proceso y en consideración al valor total del patrimonio del donante, la donación cuya autorización solicito no vulneraría los derechos de sus herederos ni contravendría disposición legal alguna. Previas citas legales, solicitó autorización para efectuar la donación a que se ha hecho referencia, en los términos previamente señalados. Se encuentran agregados a la causa los siguientes documentos justificativos de la petición: 1. Certificado de nacimiento del donante. 2. Certificado de matrimonio del donante. 3. Certificado de nacimiento de la donataria. 4. Copia de la inscripción de dominio del inmueble objeto de donación inscrito a fojas 22.484, número 35.927, del Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; 5. Copia de la inscripción de dominio del inmueble objeto de donación inscrito a fojas 38.499, número 60.091, del Registro de Propiedad del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; 6. Copia de la inscripción de dominio del inmueble objeto de donación inscrito a fojas 48.927, número 72.335, del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; 7. Certificados de avalúo fiscal de los inmuebles objeto de la presente donación emitidos por el Servicio de Impuestos Internos; 8. Liquidación de Rentas Vitalicias del donante, don Carlos Francisco Tornero Figueroa, emitida por el Banco Consorcio. Código: KYXJXEQCCXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 El 27 de enero del 2023, en el folio 8, se rindió información sumaria de testigos, con las declaraciones de don Nicolás Domínguez Celis y de don Alejandro Pattillo Silva, quienes de manera conteste señalaron que conocen al solicitante hace más de 10 años y como consecuencia de ello conocen la situación patrimonial del mismo y su familia; y que los montos involucrados no afectarán de manera alguna su estilo de vida, pues su situación patrimonial es estable. Un testigo indica que posee conocimiento acabado de su patrimonio y supera las 18.990 UF. El 14/02/2023, se tuvo por acompañado el certificado de pago de impuesto a las donaciones emitido por el Servicio de Impuestos Internos y estando en estado, ingresaron los autos para fallo. Considerando: Que el mérito de los antecedentes que obran en autos, la documentación acompañada singularizada precedentemente, la información sumaria de testigos, que da cuenta que el donante posee un patrimonio suficiente para efectuar la donación; y, atendido el hecho de haberse pagado el respectivo impuesto que grava a las donaciones, según da cuenta el certificado Folio 5141256 de 14/02/2023, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, XV Dirección Regional Metropolitana Oriente, cabe

Fallo

se resuelve: Código: KYXJXEQCCXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 I.- Que se hace lugar a la solicitud y, en consecuencia, se autoriza la insinuación de donación a título de mera liberalidad por parte de don CARLOS FRANCISCO TORNERO FIGUEROA a doña CAROLINA OLGA TORNERO OPAZO, cédula nacional de identidad número 12.058.261-5, respecto de los siguientes bienes: 1) Departamento número 204 del segundo piso, del estacionamiento número 43 en conjunto con la bodega número 41, ambos del segundo subterráneo, todos del “Edificio Crisantemos 764”, ubicado en calle Crisantemos número 764, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 278-A al 278-D; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes, entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: Norte, en cuarenta y un metros con setenta y dos centímetros con lotes quince y veintiuno; Sur, en cuarenta y un metros con setenta y dos centímetros con lotes once, diez y veinticinco; Oriente, en veintinueve metros con calle Hipólito Irigoyen; Poniente, en veintinueve metros con calle Crisantemos. Los roles de avalúo son, respectivamente 1346-170, 1346-254 y 1346-256. 2) Departamento número 203 del segundo piso, del estacionamiento número 08 y de la bodega número 08 del edificio Pilmaiquen, ubicado en calle Las Nieves número 3.369, Comuna de Vitacura, Re

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-345-2022 CARATULADO : TORNERO/ Santiago, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés Vistos: Compareció el abogado JOSÉ TOMÁS INFANTE ZAÑARTU, en representación de don CARLOS FRANCISCO TORNERO FIGUEROA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad núm

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