IBARRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ
Rol
C-29-2023
Fecha
15 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, con fecha 05 de enero de 2023, comparece don MIGUEL ANGEL IBARRA GUAJARDO, c dula nacional de identidad N 6.162.141-5,é ° domiciliado en Poblaci n La Marquesa, calle Obispo Labb , 507, Comuna de Curic ,ó é ó quien vino en deducir demanda en juicio ordinario de menor cuant a en contra de laí ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, RUT N 69.100.100-8, representada° legamente por su alcalde don Javier Mu oz Riquelme, c dula nacional de identidadñ é N 10.204.975-6, domiciliado para estos efectos en calle Estado N 279, de la ciudad de° ° Curic , con la finalidad que se declare la prescripci n sobre la deuda que mantiene poró ó concepto de derechos de aseo domiciliario. Funda su presentaci n se alando que es due o del inmueble ubicado enó ñ ñ Poblaci n La Marquesa, calle Obispo Labb , 507, comuna de Curic . Seg n consta enó é ó ú certificado que acompa a en un otros de su presentaci n, mantiene una deuda porñ í ó concepto de derecho de aseo domiciliario de $2.196.799 pesos, lo que corresponde a los per odos comprendidos entre el 30 de septiembre del a o 2006 al 30 de noviembre delí ñ a o 2022, ambas fechas inclusive.ñ Arguye que la deuda cumple con los requisitos para ser declarada prescrita, raz nó por la cual viene en hacer uso del derecho que le confiere la ley para reclamar la prescripci n de todas las cuotas en que se cumplan los presupuestos legales. Este per odoó í comprende las cuotas con vencimiento entre el septiembre de 2006 y noviembre del a oñ 2017, ascendiendo la deuda a la suma de $1.706.558. Se ala que la prescripci n extintiva es un modo de extinguir las acciones yñ ó derechos ajenos por no haberlos ejercido durante cierto lapso, concurriendo los dem sá requisitos legales. As , en este caso, se cumplen cada uno de los requisitos para dar lugarí a la prescripci n:ó Código: CXQXXERXGDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 1. Acci n prescriptible: no existe disp
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, para fundamentar su petici n, la demandante adjunt a suó ó presentaci n la documental consistente en:ó Código: CXQXXERXGDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 1 1.- Estado de deuda de derechos de aseo domiciliario emitida, por la I. Municipalidad de Curic .ó SEGUNDO: Que, por su parte, el demandado y demandante reconvencional no aport pruebas al proceso.ó EN CUANTO A LA ACCI N PRINCIPAL DE PRESCRIPCI NÓ Ó EXTINTIVA: TERCERO: Que, es menester se alar que el art culo 2514 del C digo Civilñ í ó dispone que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamenteó cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndoseá este tiempo desde que la obligaci n se hizo exigible.ó CUARTO: Que, para que resulte procedente declarar la prescripci n de lasó referidas acciones y derechos, es necesario que hayan transcurrido los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular de aquellos no losó haya ejercido, manteni ndose inactivo a su respecto.é As las cosas, la parte actora conforme lo expresado en su presentaci n rolante aí ó folio 1, pretende se declare la prescripci n extintiva respecto de las obligaciones poró deuda de aseo del inmueble de marras habidas entre septiembre de 2006 y noviembre del a o 2017.ñ QUINTO: Que, al respecto y considerando que efectivamente las acciones cuya prescripci n se pretende sea declarada corresponde a una tasa y no a un impuesto, debeó estarse a lo normado por el art culo 2515 del C digo Civil, el que dispone í ó “Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias.ñ ” As , se dir que conforme al certificado de deuda acompa ado por la parteí á ñ actora, resulta posible constatar que la propiedad a nombre de don Miguel ngel IbarraÁ Guajardo, ROL 0031300013, registra deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario desde el 30 de septiembre de 2006, hasta el 30 de noviembre de 2022, por la suma total de $2.196.799. En definitiva, este Tribunal verifica que conforme a los certificados de deuda aportados al proceso, y considerando especialmente el plazo establecido por el art culoí 2515 ya citado, que en el caso de marras se encuentran prescritas las acciones de cobro respecto de las obligaciones por deudas de aseo domiciliario del inmueble de autos desde el periodo solicitado en el libelo, comprendido entre el 30 de septiembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2017. Código: CXQXXERXGDG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEXTO: Que, en consecuencia, configur ndose en la especie la efectividad de loá se alado en la norma legal reci n citada y considerando adem s, el allanamiento parcialñ é á efectuado por la Ilustre Municipalidad de Curic , se acoger la acci n interpuesta en loó á ó principal de f
Fallo
por tanto, la obligaci n de pago de los derechos deó ó aseo tiene el car cter de prescriptible.á 2. Inactividad jur dica en torno a la obligaci n. Hace presente que solo laí ó notificaci n legal de la demanda interrumpe civilmente la prescripci n, lo que no haó ó ocurrido toda vez que ha habido inacci n del acreedor.ó 3. Transcurso del tiempo. Para que un derecho o acci n prescriba, es necesarioó que no se haya ejercido por cierto lapso de tiempo, el que se cuenta desde que la obligaci n se hace exigible, lo cual no ha ocurrido en la especie.ó 4. Respecto al plazo que prescriben estas acciones, el art culo 2521 se ala queí ñ Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las“ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos . Es as como esta prescripci n” í ó de corto tiempo, como lo son los derechos de aseo, no admite suspensi n, pudiendo soloó interrumpirse, lo que tampoco ocurri y por ello la obligaci n del pago de derechos deó ó aseo ha perdido su car cter de exigible respecto a las cuotas de vencimientoá comprendidos entre el 30 de septiembre del a o 2006 y 30 de noviembre del a o 2017,ñ ñ ascendiendo a la suma de $ 1.706.558. Previa alusi n a la normativa en que funda su acci n, solicita se tenga poró ó presentada demanda ordinaria de prescripci n en contra de la Ilustre Municipalidad deó Curic , representada legalmente por su alcalde, acogerla a tramitaci n y, en definitiva,ó ó acceder a lo solicitado declarando la prescripci n de la
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-29-2023 CARATULADO : IBARRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, quince de Marzo de dos mil veintitr sé VISTO: Que, a folio 1, con fecha 05 de enero de 2023, comparece don MIGUEL ANGEL IBARRA GUAJARDO, c dula nacional de identidad N 6.162.141-5,é ° domiciliado en Poblaci n La Ma
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