1º Juzgado Civil de Viña del Mar

CCAF 18 DE SEPTIEMBRE/RAMÍREZ

Rol

C-4022-2019

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con fecha 13 de agosto de 2019, folio 1, comparece do a Denisseñ Alejandra Barraza D az cí édula nacional de identidad N° 15.317.632-9 y don Ricardo vila Quezada, cÁ édula nacional de identidad N° 17.864.414-9, abogados, mandatarios judiciales de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar 18 deó ó Septiembre, rol único tributario N° 82.606.800-0, empresa del giro de su denominación, representada por don Juan Crist bal Philippi Irarr zaval, todosó á domiciliados en Av. Libertad 1045/ Esquina 11 ½ Norte, Vi a del Mar; quienñ interpone demanda ejecutiva en contra de don Eduardo Javier Ram rez Pascalí , cédula nacional de identidad N° 13.427.218-k, ignora su profesión u oficio, domiciliado en Caspio 4708, Vi a del Mar y en Los Peumos 416 Conc n; acciñ ó ón por la cual pretende el pago de la suma de $ 7.599.315.- más intereses y costas, fundada en pagar é impago. Que por escrito de fecha 15 de febrero de 2023, folio 10, comparece don Eduardo Javier Ram rez Pascalí , quien opone a la ejecución la excepción de prescripci n del artó ículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil. Que con fecha 28 de febrero de 2023, folio 18, el Tribunal declaró admisible la excepción opuesta y atendido el mérito de los antecedentes, no existiendo hechos controvertidos que recibir a prueba, cit ó a las partes para oír sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: En cuanto a la demanda ejecutiva Que con fecha 13 de agosto de 2019, folio 1, comparece do a Denisse Alejandra Barraza D az y donñ í Ricardo vila Quezada, abogados, mandatarios judiciales de Caja de Compensaci nÁ ó de Asignaci n Familiar 18 de Septiembre, rol ó único tribu, representada por don Juan Crist bal Philippi Irarr zaval, quien interpone demanda ejecutiva en contra deó á don Eduardo Javier Ram rez Pascalí , todos ya individualizados en autos; Código: XXTMXENXXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $7.599.315 .- más intereses y costas, todo ello con base a los antecedentes que pasa a exponer. Expresa que su representado con fecha 12 de septiembre de 2018 suscribió el pagar é Nº 0510143140 por la suma de $7.599.315, al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1,79%, todo de acuerdo a lo dispuesto en la leyé 18.010. Manifiesta que el capital e intereses se pagar an en 60 cuotas mensuales porí un monto de $207.644, con vencimiento la primera de ellas en octubre de 2018. Añade que el simple retardo y/o mora en el pago ntegro y oportuno deí todo o parte de una de las cuotas, permitir exigir la soluci n integra de la sumaá ó debida, consider ndose la obligaci n de plazo vencido y capitalizados los interesesá ó devengados y ni pagados, todo conforme al art culo 9° de la ley 18.010.- í Concluye señalando que, el ejecutado se encuentra en mora desde octubre de 2018, fecha de vencimiento de la primera cuota.

Fallo

Por tanto, en virtud de lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, la Ley N° 18.092 y la Ley N° 18.010, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Eduardo Javier Ram rez Pascalí , ya individualizado, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de $7.599.315.-, m s intereses correspondientes hasta hacer entero y cumplido pagoá de lo adeudado con costas. Segundo: En cuanto a la excepción. Que con fecha 15 de febrero de 2023, folio 10, comparece el ejecutado don Eduardo Javier Ram rez Pascal, quiení viene en oponer la excepción que a continuación señala: La excepción del N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es: “La prescripción de la deuda o solo de la acción ejecutiva”. Al respecto refiere que el documento en virtud del cual el ejecutante funda su demanda es un pagaré, por un valor de $7.599.315 a favor de Caja de Compensaci n 18 de Septiembre.ó Código: XXTMXENXXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Expresa que, desde el d a el 1 de octubre del 2018, fecha en que elí ejecutado se constituy en mora y por ende se hizo exigible el pago, hasta laó fecha, han transcurrido m s de 4 a os.á ñ Manifiesta que se encuentra superado con creces el periodo de prescripci nó que da cuenta, la Ley 18.092. Para mayor abundamiento, menciona que desde el ingreso de la demand

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FOJA: 19 .- dicinueve .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-4022-2019 CARATULADO : CCAF 18 DE SEPTIEMBRE/RAM REZÍ Vi a del Marñ , quince de Marzo de dos mil veintitr sé Vistos: Que con fecha 13 de agosto de 2019, folio 1, comparece do a Denisseñ Alejandra Barraza D az cí édula nacional de identidad N° 15.317.632-9 y don Ricardo vila Quezada, c

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