SAN MARTÍN CON CLINICA DENTAL PACIFICO LIMITADA
Rol
M-209-2023
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1-Existencia de la relación laboral. 2.-Monto de la remuneración. 3.-Monto de feriado proporcional. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.-Efectividad de que fue necesario el despido de la trabajadora por la causal necesidad de la empresa, hechos y circunstancias en que se funda. 2.- Procedencia del pago del feriado proporcional solicitado por el actor.
Fundamentos
fundamentos de derecho y
Fallo
en mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones legales citadas, en los artículos 7, 41, 63, 73, 159, 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo, y demás normas legales y reglamentarias pertinentes, solista tener por interpuesta demanda laboral en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones en contra de mi ex empleadora, CLINICA PACIFICO SpA, representada legalmente, por el liquidador don SEBASTIAN ILABACA TORO-MAZOTE, quien haga las veces de tal en virtud del mismo artículo; dar lugar a ella en todas sus partes declarando y pagando la suma de: 1.- $113.873 por concepto de feriado proporcional de conformidad a lo establecido en al artículo 73 del Código del Trabajo. (5.88 días) 2.- $589.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso de previo 3.- Que la demandada debe pagar los intereses y reajustes de cada una de las sumas señalada, hasta la fecha efectiva del pago 4.- Que, en todo caso, la demanda debe pagar las costas de la causa. SEGUNDO: Que, con fecha 29 de agosto de dos mil veintitrés, se llevó a efecto la audiencia única con la asistencia de los abogados de ambas partes. Se procede a exponer la demanda. La parte demandada, debidamente representada por abogado, contesta la demanda solicitando su rechazo con costas. Al efecto expresa: Que el contrato que vinculó a las partes se trató de un contrato a plazo fijo con finalización 31 de diciembre de 2022, desconociéndose la existencia de un anexo de contrato de trabajo,
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Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIAS: Despido injustificado. DEMANDANTE: SANDRA PAOLA SAN MARTÍN NAVARRETE DEMANDADO: CLINICA DENTAL PACIFICO LIMITADA RIT: M-209-2023 RUC: 23- 4-0487480-2 ________________________________________/ Chillán, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTO. PRIMERO: Que ante este Tribunal comparece SANDRA PAOLA SAN MARTIN N
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