Juzgado de Letras y Gar.de Peralillo

PFV LAS TORCAZAS/

Rol

V-72-2022

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

CONSIGNACIÓN, PAGO POR ART. 1600 C.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1, comparece Isabel Palacios Del Valle, abogada, cédula nacional de identidad N°14.205.969-K, en representación de PFV Las Torcazas SpA, sociedad por acciones, rol único tributario N°77.011.978-2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque Central N°130, piso 12, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, a fin de en efectuar un pago por consignación en favor de la sucesión de don Floridor del Tránsito Moreno González, cédula nacional de identidad N°4.291.248-4, con domicilio en Portezuelos Las Minas sin número, comuna de Marchigüe. Funda su solicitud en que mediante escritura pública de fecha 6 de mayo de 2019, otorgada en la Notaría de la comuna de Peralillo de doña Soledad Beatriz Pérez Vega, oEnergy Generación Solar Distribuida SpA, sociedad por acciones, representada por don Miguel Ángel Cáceres Peralta, y don Floridor del Tránsito Moreno González (el “Arrendador”) celebraron un contrato de arrendamiento mediante el cual este último dio en arriendo al primero, un retazo de 7 hectáreas ubicadas en la comuna de Marchigüe (“Contrato de Arrendamiento”). La renta fijada en el Contrato de Arrendamiento, de acuerdo a la cláusula Tercera Dos, letra /b/, asciende a 52,40 Unidades de Fomento (UF) por hectárea, esto es, 366,80 UF. Dicho Código: ZTXXEWNJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl «RIT»?? ?                                                                                                                          Foja: 1 canon debía ser pagado anualmente, por anticipado, dentro de los 10 primeros días hábiles de cada año contractual. En caso de retraso, la cláusula Tercera Cuatro señala que la renta impaga o el saldo insoluto de ella devengará intereses a contar de la fecha en que dicho monto debía pagarse y hasta la fecha de su pago efectivo, a una tasa igual al interés máximo convencional que la ley permita estipular para operaciones de crédito de dinero. Agrega

Fundamentos

considerando el valor de la UF al 31 de julio de 2022. Todo ello consta en el acta firmada de dicha oferta de pago.

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas que cita, solicita se sirva tener por efectuado el pago por consignación de la suma de $14.396.974 (catorce millones trescientos noventa y seis mil novecientos setenta y cuatro pesos), por concepto de la renta adeudada por el año 2022 e intereses a la sucesión de don Floridor del Tránsito Moreno González, o a quien en derecho corresponda, y disponer en conformidad al artículo 1603 del Código Civil, que se ponga en su Código: ZTXXEWNJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl «RIT»?? ?                                                                                                                          Foja: 1 conocimiento esta consignación bajo apercibimiento de tenerse por efectuado el pago dentro de plazo y forma; y que en la oportunidad legal correspondiente se declare la suficiencia del pago. En el folio 20, se dejaron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Isabel Palacios Del Valle, abogada, en representación de PFV Las Torcazas SpA, solicitó tener por efectuado el pago por consignación de la suma de $14.396.974, por concepto de la renta adeudada por el año 2022 e intereses a la sucesión de don Floridor del Tránsito Moreno González, o a quien en derecho corresponda, y disponer en conformidad al artículo 1603 del Código Civil, que se ponga en su conocimiento esta consignación bajo apercibimiento de tenerse por efectuado el pago dentro de plazo y forma; y que en l

Texto Completo (Preview)

«RIT»?? ?                                                                                                                          Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: Juzgado de Letras y Gar.de Peralillo CAUSA ROL???: V-72-2022 CARATULADO??: PFV LAS TORCAZAS/ Peralillo, quince de Marzo de dos mil veintitrés ?VISTOS: En el folio 1, comparece Isabel Palacios Del Va

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