PAICO/MULTISERVICES GROUP LIMITADA GROUP LIMITADA
Rol
M-3008-2022
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. TRIBUNAL RESUELVE:
Fundamentos
Considerando que la parte demandada estando válidamente emplazada no ha comparecido a estrado y que la demanda contiene sustentos facticos suficientes para efectos de informar y dar cuerpo a una sentencia, el Tribunal procederá a dictar sentencia inmediata conforme a lo dispuesto en el artículo 453 número 1 inciso 7del Código del Trabajo, omitiendo la recepción de la causa a prueba para estos fines. Sentencia que quedara registrada en audio conforme lo dispuesto en el artículo 63 del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, los fundamentos quedaran en ese sustrato, solamente lo resolutivo de la sentencia quedará escrito. DICTACIÓN DE SENTENCIA Santiago, a treinta y uno de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Morayma Durveliz Paico Urbina, cédula de identidad número 25.087.956-3, con domicilio en General Concha Pedregal 868, Comuna de Independencia, interponiendo demanda en procedimiento monitorio en contra de Multiservices Group Limitada Group Limitada, Rut número 76.212.017-8, representada legalmente por Juan Carlos Orden Pérez, cedula de identidad Nº 11.500.073-K, ambos con domicilio en Diego Barros Ortiz 2085, Bodega Sur Poniente Modulo 7, 2°Piso Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Comuna de Pudahuel. Visto y dispuesto en las disposiciones legales siguientes artículos 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168 453 del Código del Trabajo
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por Morayma Durveliz Paico Urbina, cédula de identidad número 25.087.956-3 en contra de Multiservices Group Limitada Group Limitada, Rut número 76.212.017-8, ya individualizados y en consecuencia se declara: A) Nulo e injustificado el despido del que fue objeto la actora. B) Que la demandada deberá pagar la suma de $500.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. C) Que la demandada deberá pagar la suma de $2.000.000 por concepto de indemnización por años de servicio, aumentada en un 50%, esto es, la suma de $1.000.000. D) Que la demandada deberá pagar la suma de $700.000 por concepto de feriado legal y $41.666 por concepto de feriado proporcional. E) Que la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo, en base a una remuneración de $500.000. Además de las cotizaciones de seguridad social de julio a septiembre del 2022 en base a la misma remuneración. II.- Que las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.-Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, fijándose en la suma de $100.000. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia doña ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificada
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio, presencial. FECHA 31/08/2023, Santiago RUC 22- 4-0438805-7 RIT M-3008-2022 CARATULADO PAICO/MULTISERVICES GROUP LIMITADA GROUP LIMITADA MAGISTRADO ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Eduardo Albano Gallardo HORA DE INICIO 09:00 HORA DE TERMINO 09:20 SALA Sala 1.2 Nº RE
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