15º Juzgado Civil de Santiago

GUZMÁN/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-11713-2022

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 20 de diciembre de 2022, comparece debidamente representada doña Myrtha Verónica Guzmán de la Fuente, jubilada, con domicilio en calle Barros Luco N°452, comuna de Maipú quien interpone demanda ordinaria de prescripción extintiva de derechos municipales de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, cuyo representante legal es su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, ambos domiciliados en Avenida 5 de Abril 0260, de la misma comuna. Señala que es residente y dueña del inmueble ubicado en calle Barros Luco N°452 de la comuna de Maipú, respecto de la cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 1 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2022, según constaría en documento que individualiza, respecto del cual desde el periodo que abarcaría desde el 1 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2017,l habría transcurrido el plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con su respectivos reajustes, intereses y multas. En cuanto al derecho, la sustenta en los artículos 2493, 2514, y 2515 del Código Civil, a fin de que se declare la inactividad del acreedor, vale decir la Ilustre Municipalidad de Maipú y que a su vez se declarara que ha transcurrido un plazo superior a los cinco años que la ley prescribe para ejercer la acción de cobro de derechos de aseo municipal; debiendo declararse la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre el 1 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2017, ascendente a la suma de $2.214.485. Previas citas legales, solicita tener por entablada demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, todos ya individualizados, y se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impago, más sus respectivos reajustables, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en calle Barros

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece debidamente representada doña Myrtha Verónica Guzmán de la Fuente, quien interpone demanda ordinaria de prescripción extintiva sobre las acciones de cobro de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, ambas debida y suficientemente individualizadas en autos. Al efecto cimentó su pretensión en los fundamentos de hecho y argumentos de derecho reseñados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada se allanó parcialmente a la acción entablada en su contra respecto de los periodos devengados entre el 01 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2017, por los antecedentes y razonamientos ya expuestos. TERCERO: Que, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales, encontrándose tratada en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil. CUARTO: Que, la prescripción se inserta en un sistema jurídico proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando en definitiva a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculados en forma indefinida, lo que provocaría incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. Código: JPSCXETZXMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Si bien el ordenamiento por una parte otorga protección al acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pacífico y en definitiva la eficacia de su derecho; a su vez protege al sujeto pasivo de la relación, estableciendo con normas de orden público el real alcance y permanencia de la necesidad de cumplir la prestación que de esta relación emana. La prescripción extintiva o liberatoria permite la estabilidad de los derechos dando seguridad jurídica y, en definitiva, se constituye en un castigo para el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. Se trata de una institución universal de orden público, puesto que cuando la ley estima que determinada relación jurídica amerita no extinguirse a través de la prescripción liberatoria lo señala expresamente, como en la acción de reclamación de estado civil, la acción de partición, etc. QUINTO: Que, de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 2514 del Código Civil, la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, agregando el inciso segundo del mismo artículo que dicho término se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. SEXTO: Que, si bien el Decreto Ley N° 3.063 regula los derechos municipales en un título diverso al de los impu

Fallo

se declarara que ha transcurrido un plazo superior a los cinco años que la ley prescribe para ejercer la acción de cobro de derechos de aseo municipal; debiendo declararse la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre el 1 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2017, ascendente a la suma de $2.214.485. Previas citas legales, solicita tener por entablada demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, todos ya individualizados, y se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impago, más sus respectivos reajustables, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en calle Barros Luco N!452, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de abril de 2001 al 30 de septiembre de 2017, ascendente a la suma de $2.214.485 o a la cantidad que se determine conforme a derecho. Código: JPSCXETZXMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Luego, a folio 10, consta el hecho de haberse notificado de forma personal a la demandada, con fecha 25 de enero de 2023. El 03 de febrero de 2023 comparece don Mauricio Estrada Hormazábal, abogado, quien en representación convencional de la demandada contesta el libelo, allanándose parcialmente respecto de su pretensión que se declare por el tribunal la prescripción extintiva del cobro de los derechos de aseo domiciliario cuyos ven

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11713-2022 CARATULADO : GUZM N/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÁ Ú Santiago, catorce de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 20 de diciembre de 2022, comparece debidamente representada doña Myrtha Verónica Guzmán de la Fuente, jubilada, con domicilio en calle Barros Luco N°452, comu

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