Juzgado de Letras de Ancud

INVERSIONES E INMOBILIARIA CRUZ DEL SUR S.A./

Rol

V-3-2023

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece don CLAUDIO KEMP BUSTAMANTE, Cédula de Identidad Número 14.086.089-1, domiciliado en población Manuel Ferreira pasaje 2 casa 750, en representación según se acreditará de Inversiones e Inmobiliaria Cruz del Sur S.A. sociedad del giro de su denominación, Rut N°99.575.760-5, representada legalmente por don Luis Francisco Almonacid Villarroel, cédula de identidad N°7.562.668-1, chileno, ingeniero comercial; todos con domicilio en Pilpilco N°0150 ciudad y comuna de Puerto Montt solicitando entrega judicial de la propiedad arrendada en virtud del artículo 6 de la Ley 18.101. Señala el solicitante que por contrato privado de arrendamiento de fecha 18 de mayo de 2018, firmado en la Notaría de Ancud por la arrendataria y en la Notaria San Martín de Puerto Montt por parte del arrendador, mi representada, Inversiones e Inmobiliaria Cruz del Sur S.A., dió y entregó en arrendamiento a Centro de Estética Juana Graciela Vargas Pérez E.I.R.L. Rut N°76.441.871-9 empresa del giro de su denominación, representada legalmente por doña Juana Graciela Vargas Pérez, comerciante, cédula de identidad N°11.504.135-5, cuyo domicilio indicado en el contrato fue calle Mewlen N°2510, Villa Conjunto Viento Sur, ciudad y comuna de Puerto Montt, el Local N°6 del inmueble ubicado en calle Los Carrera N°850 Interior de la ciudad de Ancud. Rol de Avalúo N°310- 1. Agrega que el contrato de arriendo comenzó a regir 1 de junio de 2018 de manera indefinida, pudiendo cualquiera de las partes poner término al mismo dando aviso a la otra con a lo menos 30 días de anticipación y por escrito. Expone que con fecha 19 de junio de 2018 las partes firman anexo número uno de contrato mediante el cual se aclara que el local arrendado corresponde al Local N°6 ubicado en calle Los Carrera N°850 Interior de la ciudad y comuna de Ancud. Declara que a finales del mes de marzo de 2020, la arrendataria, abandonó la propiedad arrendada, no avisándole bajo ningún re

Fallo

se declara: I.- Que HA LUGAR a la petición de lo principal de folio 1, consecuentemente se accede a la restitución al peticionario don Inversiones e Inmobiliaria Cruz del Sur S.A. sociedad del giro de su denominación, Rut N°99.575.760-5, representada legalmente por don Luis Francisco Almonacid Villarroel, cédula de identidad N°7.562.668-1, del inmueble de Local N°6, ubicado en calle Los Carrera N°850 Interior de la ciudad de Ancud. Rol de Avalúo N°310-1, a través de receptor judicial que deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° inciso segundo de la Ley N° 18.101. Regístrese, notifíquese y archívese. Código: KMKVXERXDMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Dictó CRISTINA PAZ FERNÁNDEZ MALATESTA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras de Ancud. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Ancud, catorce de Marzo de dos mil veintitrés Código: KMKVXERXDMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-14T14:18:41-0300

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Ancud CAUSA ROL : V-3-2023 CARATULADO : INVERSIONES E INMOBILIARIA CRUZ DEL SUR S.A./ Ancud, catorce de marzo de dos mil veintitrés VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece don CLAUDIO KEMP BUSTAMANTE, Cédula de Identidad Número 14.086.089-1, domiciliado en población Manuel Ferreira pasaje 2 casa 7

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