BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ASTUDILLO
Rol
C-27-2020
Fecha
14 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 06 de enero del a o 2020, compareceñ BARBARA PETERSEN SANCHEZ, chilena, casada, abogado, RUT N° 6.830.862-3, en representaci n del ó BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, Sociedad An nima Bancaria, ambos domiciliados en sta ciudad Calle Cobija N°ó é 2191 Oficina 103, e interpuso demanda ejecutiva en contra de JUAN IGNACIO ASTUDILLO MU OZ, Ñ c dula nacional de identidad N°16.852.100-6,é ignora su profesi n u oficio, domiciliado en Calle Espa a N°3577, Poblaci n Independenciaó ñ ó de Calama. Expone que su representada es due a del pagar a la vista suscrito el d a 08ñ é í de Octubre de 2019 por do a Patricia Salas Marticorena, RUT N°: 10.307.527-0,ñ como apoderado del BANCO DE CR DITO E INVERSIONES, y a su vez,É actuando como mandatario del deudor; por la suma de $14.806.758.- con vencimiento fue el d a 08 de Octubre de 2019.í Se ala que seg n consta del mismo Pagar , en caso de mora o simpleñ ú é retardo en el pago del capital y/o intereses en su caso, es considerado vencido el plazo, pudiendo el acreedor hacer exigible de inmediato el monto total del saldo insoluto, por lo que, haciendo uso de este derecho, demanda ejecutivamente el pago total de la deuda insoluta. Por ltimo, refiere que la firma del deudor se encuentra autorizada porú Notario P blico, siendo la obligaci n l quida, actualmente exigible en su totalidad,ú ó í no encontr ndose la acci n ejecutiva prescrita.á ó SEGUNDO: Que, con fecha 17 de febrero del a o 2023, compareci elñ ó abogado RODRIGO DEL NI O JES S SILVA MONTES, Ñ Ú en representaci n deló ejecutado de autos JUAN IGNACIO ASTUDILLO MU OZ, Ñ quien sexto otrosí Código: NJMXXEMHXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 de su presentaci n se dio por notificado expresamente de la demanda ejecutiva yó por requerido de pago, a lo cual se le tuvo por notificado y requerido de pago expresamente a folio 22. A su vez, en lo principal de su presentaci n, opuso a laó ejecuci n la excepci n del numeral 17 del art culo 464 del C digo deó ó í ó Procedimiento Civil, esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci nó ó ó ejecutiva, con costas. Funda su excepci n indicando que el pagar en que se funda la ejecuci n seó é ó encuentra absolutamente prescrito, ya que ha transcurrido mucho m s de un a oá ñ desde que la acci n se hizo exigible. As , se ala que la mora se gener el d a 08ó í ñ ó í de octubre de 2019, siendo presentada la demanda el d a 06 de enero de 2020, siní que a la fecha se haya notificado o requerido de pago. De esta forma, refiere que al darse por notificado y requerido de pago en el mismo escrito de oposici n de excepciones, ha transcurrido con creces el plazoó de un a o a que se refiere el art culo 98 de la Ley 18.092, aplicable al caso deñ í acuerdo con lo previsto en el art culo 107 de la misma ley, para alegar laí prescripci n de la acci n cambiaria ejecutiva que emana del pagar en comento.ó ó é TERCERO: Que, co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s de lo dispuesto en los art culosá í 160, 161, 170, 313, 464 N°17, 465, 466, 467, 470 y 471 del C digo deó Procedimiento Civil; y los art culosí 98, 100 y 107 de la Ley N° 18.092; SE DECLARA: I.- Que, se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n ejecutivaó ó ó prevista en el n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,ú í ó interpuesta por el ejecutado JUAN IGNACIO ASTUDILLO MU OZÑ a lo principal de la presentaci n de fecha 17 de febrero de 2023. En consecuencia, ó se rechaza la demanda ejecutiva impetrada con fecha 06 de enero de 2020. II.- Que, se condena en costas al ejecutante. Reg strese, notif quese y arch vese digitalmente en su oportunidad.í í í Rol C-27-2020. Dictada por ISABEL MARGARITA ROJAS TORRES, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Calama. Código: NJMXXEMHXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, catorce de Marzo de dos mil veintitr s.é Código: NJMXXEMHXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-14T11:57:22-0300
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Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-27-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/ASTUDILLO Calama, catorce de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 06 de enero del a o 2020, compareceñ BARBARA PETERSEN SANCHEZ, chilena, casada, abogado, RUT N° 6.830.862-3, en representaci n del ó
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