Juzgado de Letras de Ancud

AUSTRIANSOLAR CHILE SIETE SPA./

Rol

V-64-2022

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, siendo las diecinueve horas con veinticinco minutos y cincuenta y siete segundos, del día veintiséis de septiembre de dos mil veintidós, comparece Francisco Andrés Cabrera Barra, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N°18.724.507-9, en representación de AUSTRIANSOLAR CHILE SIETE SpA, rol único tributario N°76.362.258-4, del giro eléctrico, ambos con domicilio, para estos efectos, en calle Magdalena N°140, oficina 1301, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana quien viene en solicitar la constitución minera de exploración de sustancias concesibles. Refiere que la cara superior posee una superficie de 600 hectáreas, cuyo punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, y cuyas coordenadas U.T.M., Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 18, son las siguientes: 5.353.870,00 metros Norte y 614.180,00 metros Este. Señala que presenta esta solicitud de pedimento con la finalidad de constituir la correspondiente concesión minera de exploración, la cual se denominará «Huillinco 4» Explica que el terreno pedido es aquel comprendido dentro de un cuadrado trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M., medirán 2.000 metros, y los otros dos lados en su orientación Este-Oeste U.T.M., medirán 3.000 metros. Finalmente, solicita que en atención a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, se tenga por efectuado el Código: NKWDXELXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación, ordenando su inscripción y publicación, y en definitiva, declarar constituida, en favor de AUSTRIANSOLAR CHILE SIETE SpA., la concesi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal deba pronunciarse, habiéndose cumplido por el solicitante, todos los trámites y actuaciones establecidas en el Código de Minería, en tiempo y forma. Código: NKWDXELXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 43, 55, 57 y 87 del Código de Minería, y teniendo en consideración el informe favorable emitido por el Servicio Nacional de Geología y Minería,

Fallo

se declarará aprobado el plano de concesión de exploración acompañado a folio 7 y se constituirá la concesión de exploración solicitada, denominada «Huillinco 4» que comprende una superficie total de 600 hectáreas. Y, visto además, lo dispuesto en el artículo 91 del Código de Minería, en el Reglamento del Código de Minería; y artículo 817 del Código de Procedimiento Civil, se declara constituida la concesión de exploración minera, denominada «Huillinco 4», solicitada por Francisco Andrés Cabrera Barra, abogado, mandatario judicial de AUSTRIANSOLAR CHILE SIETE SpA, ubicada en la comuna de Ancud, conforme a su plano que se aprueba, con una superficie total de 600 hectáreas. La concesión de exploración solicitada comprende un rectángulo cuya longitud de sus lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 2.000 metros y Este- Oeste U.T.M. miden 3.000 metros, abarcando una superficie de 600 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) y de los vértices que delimitan el perímetro de la cara superior de la concesión de exploración solicitada están referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 18, y son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) Punto Medio (P.M.) 5.353.870,00 614.180,00 V 1 5.354.870,00 612.680,00 V 2 5.354.870,00 615.680,00 V 3 5.352.870,00 615.680,00 V 4 5.352.870,00 612.680,00 La relación entre el vértice V 1 y el Punto de Medio (P.M.) es de: 1.802,776 m. en distancia U.T.M., 137,4334 g. en azimu

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Ancud CAUSA ROL : V-64-2022 CARATULADO : AUSTRIANSOLAR CHILE SIETE SPA./ Ancud, a catorce de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1, siendo las diecinueve horas con veinticinco minutos y cincuenta y siete segundos, del día veintiséis de septiembre de dos mil veintidós, comparece Francisco Andrés Cabrera

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica