DURANDISSE/KF MINERALS SPA
Rol
M-62-2022
Fecha
30 de agosto de 2023
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales pertinentes y controvertidos, solicita se omita recepción de la causa a prueba y se dé por concluido el debate, y se proceda a la dictación de la sentencia de inmediato, haciendo a su vez uso de la facultad establecida en el artículo 453 N°1 inciso 7° del Código del Trabajo, estimando como tácitamente reconocidos todos y cada uno de los hechos contenidos en el libelo pretensor y en consecuencia hacer lugar a la demanda de inicio en todas sus partes con intereses, reajustes y costas de la contraria. El tribunal resuelve, como se pide. Se dicta sentencia. Quillota, treinta de agosto de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este tribunal compareció JAVELOT DURANDISSE, ayudante de obra, domiciliado en Juanita Fernandez número 182, Población El Molon, Nolgales, región de Valparaíso, e interpuso demanda en contra de KF MINERALS SPA, del giro de su denominación, representada por don MAURICIO ALEJANDRO ARANCIBIA MUÑOZ, cuya profesión u oficio ignora, domiciliados en Alfredo Rebolar número 1157, comuna Quillota, región de Valparaíso, y con faenas en Ruta G-16 Fundo Agrícola S/N Km 54, comuna de Tiltil, solicitando por las razones que indica se condene a la demandada a pagarle $ 156.250 por concepto de feriado proporcional , Las remuneraciones de los meses de abril, mayo, junio del año 2022 por $ 750.000 cada una y además 17 días trabajados en el mes de julio del mismo año por $ 425.000, las Cotizaciones previsionales de FONASA Y AFC de todo el periodo trabajo para la demandada, desde el 16 de febrero de 2022 al 18 de julio del mismo año, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que la parte demandada estando válidamente notificada, no compareció a audiencia por lo que se llevó a efecto esta y se evacuo el trámite de la contestación de la demanda en su rebeldía. TERCERO: Que se omitió el llamado a conciliación y la parte demandante solicitó dictar sentencia de inmediato haciendo ejercicio de la facultad conferida
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda, se condena a la demandada a pagarle al demandante las sumas correspondientes a: $ 156.250 por concepto de compensación de Feriado proporcional Asimismo las remuneraciones de los meses de abril, mayo y junio de 2022 y además 17 días trabajadores en el mes de julio del mismo año por las suma de $750.000 las tres primeras y $ 425.000 la última, lo que indica un total de $2.675.000.- Asimismo se condena a pagar a la demandada a enterar en FONASA Y AFC las cotizaciones de salud y de cesantía del periodo que corre desde el 16 de febrero al 18 de julio ambos de 2022. Las sumas antes indicadas devengaran los intereses, reajustes legales de los artículos 173 y siguientes del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la parte demandada las que se regulan en el 10% del total a pagar según liquidación efectuada en su oportunidad. Regístrese y archívese. Dirigió la audiencia don Rolando Alvear Valenzuela, juez titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Quillota. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabada en el audio y a disposición de los intervinientes.
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 30 de agosto de 2023 RUC 22-4-0450179-1 RIT M-62-2022 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Sandoval Orrego HORA DE INICIO 12:45 horas HORA DE TERMINO 12:55 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0450179-1-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ABOGADO COMPARECIENTE Andrés Ni
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