1º Juzgado Civil de Puente Alto

CODELCO CHILE/

Rol

V-418-2022

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 10 de junio de 2022, a las 15:00:34 hrs, comparece don Claudio Godoy Campillay, chileno, casado, empleado, domiciliado en paseo Huérfanos Nº 1270, piso N° 10, comuna de Santiago, en representación judicial de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile, Empresa del Estado, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de febrero de 1976, RUT 61.7004.000-K, de su mismo domicilio, quien solicita para su representada la constitución de una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. Indica que el punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. al Norte 6.313.400,00 metros; al Este: 409.000,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de San José De Maipo, Provincia Cordillera Región de Metropolitana. Agrega que el área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. y Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros, encerrando una superficie de 100 hectáreas. En virtud de las normas de derecho que cita, pide al Tribunal se sirva conceder a su mandante, la concesión de exploración que se denominará "VALENTINA B 8", con un total de 100 hectáreas. Código: YNGXXEWYXKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 14 de junio de 2022, se da curso a la solicitud, ordenándose inscribir y publicar. Con fecha 24 de agosto de 2022, el solicitante acreditó el pago de la tasa del pedimento, el que se realizó con fecha 29 de junio de 2022, dentro de los 30 días contados desde la fecha de la solicitud; acreditó el pago de la patente proporcional, que se realizó con fecha 29 de julio de 2022; la inscripción del pedimento en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de Puente Alto correspondiente al año 2022, a fojas 278 Nº 145, con fecha 1 de julio de 2022, es| decir,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el estudio de los antecedentes especificados, se desprende que una parte del terreno objeto de la solicitud, aproximadamente un 2% según se informó por el Director Nacional de Fronteras y Límites no se encuentra dentro de la comuna de San José de Maipo, sino en terreno Argentino, y teniendo presente que la solicitud de concesión se hizo abarcando todo el terreno pedido, comprendiendo la totalidad del terreno, lo que, a la luz de lo indicado, una parte de él no corresponde a la comuna y Provincia respecto Código: YNGXXEWYXKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 de la cual el presente Tribunal tiene competencia para acceder a la solicitud en los términos planteados. SEGUNDO: Que el artículo 37 del Código de Minería establece que será competente para intervenir en la gestión de constitución de las concesiones el juez de letras en lo civil que tenga jurisdicción sobre el lugar en que esté ubicado el punto medio señalado en el pedimento, o el punto de interés indicado en la manifestación. Por su parte, el artículo 46 del Código en comento señala que el terreno pedido o el manifestado es el comprendido dentro de un cuadrado trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio o en el punto de interés, en su caso, y cuyo perímetro encierra exactamente la superficie pedida o la manifestada, en su totalidad. Dos de los lados de este cuadrado tienen orientación U.T.M. norte sur. TERCERO: Que sin perjuicio de lo anterior, consta de autos que el vértice V1 de la concesión solicitada en autos está emplazada en territorio Argentino, por lo que el terreno pedido en territorio nacional no cumple con la exigencia legal de estar comprendido dentro de un cuadrado o rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal y estando comprometida además una superficie aproximada de dos hectáreas del pedimento en territorio argentino, se estima el presente Tribunal resulta incompetente para conocer de la solicitud. CUARTO: Que por su parte, el artículo 5 del Código de Minería prescribe que son concesibles, o denunciables, las sustancias minerales metálicas y no metálicas y, en general, toda sustancia fósil, en cualquier forma en que naturalmente se presente, incluyéndose las existentes en el subsuelo de las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional a las que se tenga acceso por túneles desde tierra. QUINTO: Que a mayor abundamiento, el acuerdo sobre integración y complementación minera y sus anexos I y II, y protocolo complementario, tiende a resguardar y preservar el estatuto interno de las partes contratantes, tal cual lo señala el artículo 1° letra a), puesto que si bien otorga a los nacionales y sociedades de un parte el poder realizar las labores de cateo y exploración sin autorización de la Comisión Administradora, exige que se cumplan con los requisitos legales del Estado donde se realizarán, por lo cual, no

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se RECHAZA el plano y la constitución de la concesión de exploración denominada "VALENTINA B 8" con una superficie de 100 hectáreas, a favor de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile. II. Ejecutoriada la presente sentencia, comuníquese lo resuelto al Conservador de Minas, y Remítase copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería, para los fines que haya lugar, vía correos electrónicos que correspondan, y archívese de conformidad a la Ley. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V-418-2022 Dictada por don Rodrigo Téllez Lúgaro, Juez Tramitador. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, catorce de Marzo de dos mil veintitrés Código: YNGXXEWYXKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-14T13:07:15-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-418-2022 CARATULADO : CODELCO CHILE/ Puente Alto, catorce de Marzo de dos mil veintitrés Por ingresado a mi despacho con esta fecha No habiéndose dado estricto cumplimiento a lo ordenado con fecha 15 de febrero de 2023, folio 19, y encontrándose vencido el plazo para hacerlo, hágase efect

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