SOCIEDAD EDUCACIONAL LOS LAGOS LIMITADA/
Rol
V-93-2022
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 30 de mayo de 2022 comparece don JOSÉ JOAQUÍN CROQUEVIELLE, abogado, mandatario judicial, por “Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada”, RUT 78.932.230-9, ambos domiciliados para estos efectos en Eduardo Frei Montalva N° 1.201, comuna y ciudad de Llanquihue, quien viene en solicitar se declare el extravío de título de crédito consistente en depósito a plazo en moneda nacional del “Banco de Crédito e Inversiones”; tomado a nombre de “Sociedad Educacional Los Lagos Limitada”, RUT 78.932.230-9, N° instrumento 7100723276; por la suma inicial de $16.716.423 en moneda nacional, tomado en la sucursal de Llanquihue el 04 de noviembre de 2019 y con vencimiento al 03 de mayo de 2022. Señala que este documento se encuentra extraviado y su búsqueda ha resultado infructuosa, debiendo declarar su extravío conforme los artículos artículo 88 y siguientes de la ley 18.092. Concluye solicitando se declare extraviado el Depósito a Plazo en moneda nacional del “Banco de Crédito e Inversiones” tomado a nombre de “Sociedad Educacional Los Lagos Limitada”, RUT 78.9302.230-9; N° instrumento 7100723276, por la suma inicial de $16.716.423, instruyendo al referido banco: (i) que no lo pague; (ii) que deje sin efecto la copia extraviada; (iii) que ordene la emisión de un duplicado del depósito a plazo original, y; (iv) que con el mérito de una copia autorizada de la sentencia que se dicte, se permita a su mandante ejercer los derechos que le correspondían en virtud del referido título de crédito. Que con fecha 09 de junio de 2022 consta notificación personal de don Silvio Villota Gallegos, Jefe de Sucursal del Banco de Crédito e Inversiones, sucursal Llanquihue. Que con fecha 01 de octubre de 2022 se publica solicitud en extracto en el Diario Oficial. Que con fecha 16 de diciembre de 2022 se ofició al Banco de Crédito e Inversiones como medida para mejor resolver el asunto. Que con fecha 01 de marzo de 2023 se trajeron los autos para resolver. Código: HEXNXEGQPX
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 30 de mayo de 2022 comparece don JOSÉ JOAQUÍN CROQUEVIELLE, abogado, mandatario judicial, por “Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada”, RUT 78.932.230-9, quien viene en solicitar se declare el extravío de título de crédito consistente en depósito a plazo en moneda nacional del “Banco de Crédito e Inversiones”; tomado a nombre de “Sociedad Educacional Los Lagos Limitada”, RUT 78.932.230-9, N° instrumento 7100723276; por la suma inicial de $16.716.423 en moneda nacional, tomado en la sucursal de Llanquihue el 04 de noviembre de 2019 y con vencimiento al 03 de mayo de 2022. SEGUNDO: Que la parte solicitante acompaño los siguientes documentos: 1.- Certificado del 4 de mayo de 2022 suscrito por don Silvio Villota Gallegos, Jefe de la Sucursal de Llanquihue del Banco de Crédito e Inversiones; 2.- “Solicitud de Orden de No Pago del 4 de mayo de 2022 suscrita por Luis Opazo Serón, en representación de “Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada. TERCERO: : Que se notificó el traslado al Banco de Crédito e Inversiones el 09 de junio de 2022, sin que se hubiera evacuado, y se practicó la publicación en el Diario Oficial el 01 de octubre de 2022, cumpliéndose los trámites ordenados en el artículo 89 de la Ley 18.092. CUARTO: Que no se formuló oposición ni se invocó la calidad de portador legítimo del título por persona alguna, dentro de los plazos legales, estableciéndose del mérito de autos la calidad de beneficiario de “Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada”, RUT 78.932.230-9, del depósito a plazo, N° instrumento 7100723276, emitido el 04 de noviembre de 2019 en oficina del Banco de Crédito e Inversiones de Llanquihue, por la suma inicial de $16.716.423. Y teniendo presente lo dispuesto en los arts. 88 y sgtes. de la Ley N.° 18.092 que dicta Nuevas Normas sobre Letras de Cambio y Pagaré; en la Ley N.° 18.552 que Regula Tratamiento de Títulos de Crédito; art. 2 del Código Orgánico de Tribunales; arts. 160, 170, 817 y sgtes. del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve: Que se declara extraviado el documento y se faculta a Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada”, RUT 78.932.230-9, para que mediante copia autorizada de esta sentencia, ejerza los derechos que le correspondan como beneficiaria del depósito a plazo, N° instrumento 7100723276, emitido el 04 de noviembre de 2019 en oficina del Banco de Crédito e Inversiones de Llanquihue, por la suma inicial de $16.716.423, quedando sin valor el ejemplar sustraído, todo en la medida que el titulo extraviado no sea nominativo. Anótese, regístrese, y archívese en su oportunidad. Código: HEXNXEGQPXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-93-2022. Dicto doña LORENA LEMUNAO AGUILAR, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Puerto Varas. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puerto Varas, trece de Marzo de dos mil veintitrés Código: HEXNXEGQPXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-13T17:36:52-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Puerto Varas CAUSA ROL : V-93-2022 CARATULADO : Sociedad Educacional Los Lagos Limitada/ VISTOS: Que con fecha 30 de mayo de 2022 comparece don JOSÉ JOAQUÍN CROQUEVIELLE, abogado, mandatario judicial, por “Sociedad Educacional Los Volcanes Limitada”, RUT 78.932.230-9, ambos domiciliados para estos efectos en Eduardo Frei Montalva N° 1.
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