3º Juzgado de Letras de Iquique

YUJRA

Rol

V-42-2023

Fecha

13 de marzo de 2023

Materia

DEFUNCIÓN,AUTORIZACIÓN INSCRIPCIÓN FUERA PLAZO LEGAL

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, con fecha 10 de marzo de 2023, comparece TERESA YUJRA QUISPE, solicitando autorización para inscribir la defunción de ANGEL DAVID YUJRA YUJRA, acaecida el día 05 DE MARZO DE 2023, en Iquique, por haber transcurrido el plazo previsto por el artículo 26 de la Ley N° 4.808, fundada en Certificado Médico de Defunción. Segundo: Que el inciso 1 del artículo 26 de la Ley N° 4.808, sobre Registro Civil prescribe que pasados tres días después de la defunción, no se podrá proceder a la inscripción sin decreto judicial, y su inciso 2, que el juez calificará los

Fundamentos

motivos que hayan impedido la inscripción, y si esta omisión se hubiere hecho con dolo o malicia, aplicará las sanciones establecidas en el Código Penal. Tercero: Que con el mérito de los documentos acompañados, adjuntos al folio 1, y estimándose plausibles los motivos expuestos, se configura la hipótesis legal prevista en la norma antes referida, por lo que se acogerá la solicitud.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 26 de la Ley N° 4.808; 817 y demás normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que, SE ACOGE la solicitud del folio 1, promovida por TERESA YUJRA QUISPE, solicitando autorización para inscribir la defunción ANGEL DAVID YUJRA YUJRA, Cédula de Identidad N° 28.089.274- Código: XGVEXEXRNQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2, acaecida el 05 DE MARZO DE 2023, en Iquique, con copia autorizada de la presente resolución y del Certificado Médico de Defunción, por el Servicio de Registro Civil e Identificación respectivo. Otórguese copia a la solicitante. Regístrese y archívese con sus antecedentes, en su oportunidad. Dictada por don Edilio Damián Jorquera Rivera, Juez Suplente del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, trece de Marzo de dos mil veintitr sé Código: XGVEXEXRNQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-13T11:22:49-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : V-42-2023 CARATULADO : YUJRA Iquique, trece de Marzo de dos mil veintitr sé Por ingresada solicitud de inscripción de defunción. Autos para fallo. Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, con fecha 10 de marzo de 2023, comparece TERESA YUJRA QUISPE, solicitando autorización para inscribir la defunción

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