MINERA PLATA CARINA SPA/
Rol
V-1126-2022
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2022, siendo las 13:58 horas, don MARCELO ANTONINO OLIVARES CABRERA, Rut N°10.703.661-K, casado, chileno, abogado, en representación de MINERA PLATA CARINA SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, Rut 76.132.103-K, ambos domiciliados en Avda. Apoquindo Nº 7935, oficina 712-B, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, en terrenos de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “AIDA 18B”, cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE: 7.460.500,00 metros y AL ESTE: 696.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 30 de noviembre de 2022, a fojas 4.378 bajo el Nº 2.644 en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.022. TERCERO: Que con fecha 13 de diciembre de 2022, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 43.424, CVE 2232392, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) P.M. 7.460.500,00 696.500,00 V1 7.462.000,00 696.000,00 V2 7.462.000,00 697.000,00 V3 7.459.000,00 697.000,00 V4 7.459.000,00 696.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 1029 de fecha 01 de marzo de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Código: NKNXXEMYGSE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V-1126-2022 Foja: 1 SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “AIDA 18B”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de MINERA PLATA CARINA SpA, antes individualizada, y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la presente
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V-1126-2022 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-1126-2022 CARATULADO : MINERA PLATA CARINA SPA/ Calama, trece de Marzo de dos mil veintitr sé VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2022, siendo las 13:58 horas, don MARCELO ANTONINO OLIVARES CABRERA, Rut N°10.703.661-K, casado, chileno, abogado, en r
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