23º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./SILVA

Rol

C-9669-2021

Fecha

13 de marzo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, mandatarioó á í judicial, en representaci n convencional de SCOTIABANK CHILEó sociedad an nima bancaria cuyo representante legal es Diego Patricioó Masola, contador p blico, con domicilio para estos efectos en Agustinasú N 1291, Oficina G, piso 6 , Santiago, quien interpuso demanda ejecutivaº º en contra de CONSTANZA IGNACIA SILVA ROBLEDO, ignora profesi n u oficio, domiciliada en JJ N ez N 55, Artificio, comuna de Laó úñ ° Calera, V Regi n. ó A folio 7 se dio curso a la demanda y se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 8 compareci la parte ejecutada, quien opuso a la ejecuci nó ó las excepciones contempladas en los numerales 11 , 7 , 14 y 4 , todas del° ° ° ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 18 se tuvo por opuestas las referidas excepciones y se confirió traslado de ellas al ejecutante. A folio 20 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueseó conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. A folio 21 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió Código: HXNMXEEYXNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9669-2021 Foja: 1 la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta notificada a las partes a folios 22 y 23 respectivamente. A folio 28 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de SCOTIABANKó CHILE sociedad an nima bancaria cuyo representante legal es Diegoó Patricio Masola, contador p blico, con domicilio para estos efectos enú Agustinas N 1291, Oficina G, piso 6 , Santiago, quien interpuso demandaº º ejecutiva en contra de CONSTANZA IGNACIA SILVA ROBLEDO, ignora profesi n u oficio, domiciliada en JJ N ez N 55, Artificio, comunaó úñ ° de La Calera, V Regi n, solicitando se despache mandamiento de ejecuci nó ó y embargo en su contra por la suma de 60,2918 UF, equivalente en pesos al d a 19 de noviembre de 2021 por la suma de $1.845.982 pagaderas seg ní ú valor de la unidad de fomento al d a del pago, por concepto de capital, m sí á los intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el d a delí exacto e ntegro pago de la obligaci n, requerir de pago a la deudora yí ó disponer se siga adelante con sta ejecuci n hasta que a su representada seé ó le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que el ejecutante es due o de los siguientes pagar s:ñ é 1) Pagar de monto capital equivalente a 6,0292 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 9 de noviembre de 2021, y con vencimiento para el d a 19 del mismo mes y a o.í ñ 2) Pagar de monto capital equivalente a 54,2626 Unidades deé Fomento, suscrito y con vencimiento en las mismas fechas referidas. Se estipul que en caso de mora o simple retardo en el pago deló capital adeudado se devengar un inter s penal igual al inter s m ximoá é é á Código: HXNMXEEYXNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9669-2021 Foja: 1 convencional que sea permitido estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Se dej constancia que los presentes pagar s se encuentranó é garantizados con la Garant a Estatal del Fisco de Chile, en conformidad aí las disposiciones de la Ley 20.027, que establecen normas para el financiamiento de estudios superiores, Ley 20.634, y los correspondientes Decreto N 182 de fecha 07 de septiembre de 2005, Decreto N 266, deº º fecha 24 de mayo de 2011, Decreto N 403, de fecha 29 de agosto de 2009,º todos ellos del Ministerio de Educaci n.ó Por ltimo expuso que el suscriptor liber a la acreedora de laú ó obligaci n de protesto, que la firma del suscriptor en los documentos seó encuentra autorizada ante Notario, por lo que el t tulo goza de m ritoí é ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el art culo 434 N 4 del C digo deí º ó Procedimiento Civil, y que la deuda es l quida, actualmente

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió Código: HXNMXEEYXNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9669-2021 Foja: 1 la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta notificada a las partes a folios 22 y 23 respectivamente. A folio 28 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de SCOTIABANKó CHILE sociedad an nima bancaria cuyo representante legal es Diegoó Patricio Masola, contador p blico, con domicilio para estos efectos enú Agustinas N 1291, Oficina G, piso 6 , Santiago, quien interpuso demandaº º ejecutiva en contra de CONSTANZA IGNACIA SILVA ROBLEDO, ignora profesi n u oficio, domiciliada en JJ N ez N 55, Artificio, comunaó úñ ° de La Calera, V Regi n, solicitando se despache mandamiento de ejecuci nó ó y embargo en su contra por la suma de 60,2918 UF, equivalente en pesos al d a 19 de noviembre de 2021 por la suma de $1.845.982 pagaderas seg ní ú valor de la unidad de fomento al d a del pago, por concepto de capital, m sí á los intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el d a delí exacto e ntegro pago de la obligaci n, requerir de pago a la deudora yí ó disponer se siga adelante con sta ejecuci n hasta que a su r

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C-9669-2021 Foja: 1 FOJA: 19 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9669-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SILVA Santiago, trece de Marzo de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, mandatarioó á í judicial, en representaci n convencional de SCOTIABANK CHILEó sociedad an nima bancaria cuyo represent

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