TESORERÍA REGIONAL DEL BIOBIO/NOVOTRANS LIMITADA
Rol
C-3720-2022
Fecha
11 de marzo de 2023
Materia
EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 01 con fecha 17 de julio de 2022 comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco-Tesorería General de la República, ambos domiciliados para estos efectos en avenida Bernardo O’Higgins N° 749, comuna de Concepción y solicita a este Tribunal que emita un pronunciamiento en relación a la oposición formulada por el contribuyente Transportes y Arriendo de Vehículo Novotrans Limitada, representada por el abogado don Jorge Montecinos Araya, ambos domiciliados para estos efectos en calle Chacabuco N° 1085, oficina N° 1102, comuna de Concepción, en autos sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, ROL expediente administrativo N° 12.816-2021, comuna de Concepción, conforme lo dispone el artículo 179 en su inciso cuarto del Código Tributario. Que en cuanto a la oposición opuesta por el contribuyente, Transportes y Arriendo de Vehículo Novotrans Limitada, ésta consta en el expediente administrativo N° 12.816-2021, comuna de Concepción a fojas 17, 18 y 19. La fundamenta de conformidad al artículo 177 del Código Tributario, deduciendo excepción de prescripción, expone que la deuda cuyo cobro se persigue por la suma de $37.042.127, correspondiente al impuesto de 1era categoría año tributario 2017, se encontraría prescrita. Agrega que en virtud de lo expuesto en el artículo 200 del Código Tributario, la acción de cobro de que es titular el Servicio de Tesorerías debe ejercerse dentro del plazo de 3 o 6 años, ello relacionado con lo dispuesto en el artículo 201 del mismo Código. En consecuencia, razona que el pago del tributo cuyo cobro se pretende debió efectuarse a más tardar en la fecha indicada en la nómina de deudores morosos, luego de esa fecha al 17 de agosto de 2021, fecha del requerimiento de pago, habría transcurrido con creces el plazo de prescripción, encontrándose en consecuencia prescrita la acción. Código: SMXLXEPPXKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://veri
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco-Tesorería General de la República y solicita a este Tribunal que emita un pronunciamiento en relación a la oposición formulada por el contribuyente Transportes y Arriendo de Vehículo Novotrans Limitada, representada por el abogado don Jorge Montecinos Araya, en autos sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, ROL expediente administrativo N° 12.816- 2021, comuna de Concepción, conforme lo dispone el artículo 179 en su inciso cuarto del Código Tributario. 2°:- Que habiendo sido válidamente emplazado el contribuyente a través de su abogado don Jorge Montecinos Araya, éste no evacuó traslado alguno, simplemente consta como antecedente su oposición efectuada en sede administrativa. 3°.- Que de conformidad a lo establecido en el artículo 1698 del Código Civil, le correspondía a la parte demandada probar los hechos en los cuales se funda sus aseveraciones sin embargo no rindió probanza alguna. 4°.- Que el Fisco-Tesorería General de la República acompañó digitalmente a estos autos el expediente administrativo N°12.816-2021, comuna de Concepción, elaborado por la Tesorería General de la República, por lo que se tendrán por acreditados los siguientes hechos: a) Que los impuestos cobrados en el expediente administrativo N° 12.816- 2021, corresponden al formulario 21, folio N° 6305483, con fecha de vencimiento legal 30 de abril de 2017, por un monto de $37.042.127. Código: SMXLXEPPXKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 b) Que con fecha 24 de abril de 2020, fue notificada citación N° 68 de fecha 09 de abril de 2020. c) Que con fecha 28 de julio de 2020 se notificó liquidación N° 155 de fecha 23 de julio 2020, liquidación que corresponde a los impuestos cuyo pago se persigue. d) Que con fecha 17 de agosto de 2021 consta notificación y requerimiento de pago al contribuyente. e) Que con fecha 15 de febrero de 2022, consta en expediente administrativo que el contribuyente dedujo reclamación respecto a los impuestos cobrados, oponiendo la excepción del número 2 del artículo 177 del Código Tributario, es decir, la prescripción de la deuda. f) Que con fecha 28 de febrero de 2022, se resolvió mediante sentencia dictada por doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, abogada de la Tesorería Regional del Biobío, que se rechaza la excepción de prescripción opuesta. 5°.- Que en relación a la excepción del número 2 del artículo 177 del Código Tributario, es decir, la prescripción, es preciso tener presente que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones o derechos ajenos por no haberse ejercido dichas acciones o derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales, en cuanto a la prescripción como excepción, esta es una excepción real la cual puede ser intentada por cualquier persona obligada al pago. No solo debe estar
Fallo
se declara: I. Que se rechaza, sin costas, la excepción opuesta en relación al giro folio N° 6305483, confirmándose lo resuelto por la Tesorería General de la República en cuaderno administrativo N° 12.816-2021, comuna de Concepción y se ordena seguir adelante la ejecución hasta el pago del impuesto adeudado. REGÍSTRESE, ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD Rol N° C-3720-2022 Dictada por doña ANA MARIA SUAREZ GAENSLY, Jueza Suplente del Segundo Juzgado Civil de Concepción. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Concepci nó , once de Marzo de dos mil veintitr s.é Código: SMXLXEPPXKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-11T21:47:26-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-3720-2022 CARATULADO : TESORER A REGIONAL DELÍ BIOBIO/NOVOTRANS LIMITADA Concepci nó , once de Marzo de dos mil veintitr s.é VISTO: A folio 01 con fecha 17 de julio de 2022 comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco-Tesorería General de
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