2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ÁLVAREZ CON ASENOM SPA

Rol

M-2486-2023

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA x Provee avenimiento: Se tiene presente y por acompañado el avenimiento suscrito entre las partes y por ratificado por el trabajador demandante, se aprueba para todos los efectos legales y se deja constancia que este tiene mérito ejecutivo. Digitalizaciones: A los escritos presentados por ambas partes, con fecha 28 de agosto de 2022, se resuelve: Demandante: se tiene por cumplido lo ordenado para tofos los efectos legales. Demandante: no existiendo sustento alguno que dé cuenta de sus dichos de conformidad al artículo 444 del Código del Trabajo, no ha lugar. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Existencia de vínculo de subordinación y dependencia entre la demandante y la demandada ASENOM SPA. en la afirmativa, fecha de inicio, labor contratada, remuneración pactada y demás estipulaciones. 2) En el caso de procedencia del punto anterior, circunstancias del término de la relación laboral existente entre las partes y el cumplimiento de las formalidades legales. 3) Efectividad que el actor hizo uso de su feriado legal o si este le fue compensado en dinero. 4) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1.- Copia de reclamo ante la Inspección del Trabajo realizada por la parte demandante don Nicolás Fernando Álvarez Vidal. 2.- Copia de acta de comparendo de conciliación realizado ante la Inspección del Trabajo, que da cuenta que el representante legal de la demandada no compareció al comparendo de conciliación. 3.- Copia de carta de autodespido de fecha 10 de Marzo de 2023 enviada al representante legal del ex empleador de don Nicolás Fernando Álvarez Vidal. 4.- Copia

Fundamentos

considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y visto además teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9 , 10, 160, 162, 171 del Código del Trabajo , artículo 1698 del Código Civil,

Fallo

se resuelve: Demandante: se tiene por cumplido lo ordenado para tofos los efectos legales. Demandante: no existiendo sustento alguno que dé cuenta de sus dichos de conformidad al artículo 444 del Código del Trabajo, no ha lugar. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Existencia de vínculo de subordinación y dependencia entre la demandante y la demandada ASENOM SPA. en la afirmativa, fecha de inicio, labor contratada, remuneración pactada y demás estipulaciones. 2) En el caso de procedencia del punto anterior, circunstancias del término de la relación laboral existente entre las partes y el cumplimiento de las formalidades legales. 3) Efectividad que el actor hizo uso de su feriado legal o si este le fue compensado en dinero. 4) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1.- Copia de reclamo ante la Inspección del Trabajo realizada por la parte demandante don Nicolás Fernando Álvarez Vidal. 2.- Copia de acta de comparendo de conciliación realizado ante la Inspección del Trabajo, que da cuenta que el representante legal de la demandada no compareció al comparendo de conciliación. 3.- Copia de carta de autodespido de fecha 10 de Marzo de 2023 enviada al representante legal del ex empleador de don Nicolás Fernando Álva

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 29 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 19° RUC 23-4-0494759-1 RIT M-2486-2023 MAGISTRADO CAROLINA BRAVO YÁÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 10:33 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:56 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23404

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