FAÚNDEZ/SERVICIOS DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA
Rol
M-318-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos no discutidos. Hechos a probar. Según las actuaciones principales de las partes en las que se plasma la discusión fáctica, el Tribunal, mediante resolución dictada en esta audiencia única, procedió a establecer como hechos no controvertidos los siguientes. 1. No fue controvertida la existencia del contrato de trabajo entre el actor y la demandada principal, ni las funciones que éste debía desempeñar, así como el lugar de trabajo, y tampoco fue discutida la naturaleza del contrato en cuanto se indicó por las partes que era un contrato por obra o faena. 2. No se controvirtió tampoco expresamente la existencia de una deuda por concepto de feriada proporcional en los términos planteados por la parte demandante. 3. La compareciente Hospital Regional de Talca no controvirtió la existencia de un régimen de trabajo en subcontratación en el que le correspondía a ella el rol de empresa principal. Conforme a los mismos antecedentes anteriores, el Tribunal procedió a determinar los hechos en carácter de sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- cumplimiento de las formalidades del despido. 2.- si son efectivos los hechos señalados en la carta de despido en su caso. 3.- última remuneración mensual del actor para efectos del término del contrato. 4.- existencia de una deuda previsional en los meses de noviembre y diciembre del año 2022. 5.- si la demandada Solidaria Hospital Regional de Talca hizo uso de los derechos de información en su caso. SÉPTIMO. Enunciado breve de la prueba rendida por la parte demandada principal Servicur Limitada. Prueba documental. Sin perjuicio de su incorporación en la audiencia, los documentos se encuentran en copia digital desde los folios 25 al 33. 1.- Contrato de Trabajo Guardia de Seguridad del demandante, de fecha 01 de agosto de 2022. 2.- Anexo de Contrato, de fecha 01 de octubre de 2022. 3.- Anexo de Contrato, de fecha 01 de noviembre de 2022. 4.- Liquidaciones de remuneraciones del actor de agosto de 2022 a marzo d
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SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: MONITORIO MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DEL DESPIDO, LUCRO CESANTE, Y COBRO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES DEMANDANTE: MARIO EUGENIO FAÚNDEZ CÁCERES DEMANDADO: SERVICIOS DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA DEMANDADO: HOSPITAL REGIONAL DE TALCA RIT N° M-318-2023 RUC N° 23- 4-0495042-8 Talca, a veintinueve de agosto de dos mil veintitrés VISTOS, OIDO Y CONSI
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