PALMA CON CONSTRUCTORA M3 S.A
Rol
O-826-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 66 y siguientes, 73, 160, 162, 168, 173, 183 a) y siguientes, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda por despido nulo, despido improcedente y cobro de prestaciones, interpuesta por don CARLOS EUGENIO PALMA ULLOA, JOSÉ AMADEO VIDAL ROLDAN y LUIS GARCÍA AMAYA, en contra de CONSTRUCTORA M3 S.A., condenándola al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: Respecto de don CARLOS EUGENIO PALMA ULLOA: a) Indemnización sustitutiva, por $869.916; b) Indemnización por años de servicio, $3.479.664; c) Feriado adeudado, por 23,75 días, $726.536; d) Recargo del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $1.043.899; Respeto de don JOSÉ AMADEO VIDAL ROLDAN: a) Indemnización sustitutiva, por $775.500; b) Indemnización por años de servicio, $775.500; c) Feriado adeudado, por 18,75 días, $387.750; d) Recargo del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $232.650; Respecto de don LUIS GARCÍA AMAYA: a) Indemnización sustitutiva, por $978.917; b) Indemnización por años de servicio, $1.957.834; c) Feriado adeudado, por 18,75 días, $611.823; d) Recargo legal del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $587.350; II. Respecto de todos los demandantes, remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la separación acaecida el 27 de octubre de 2022 hasta la convalidación del despido, no pudiendo extenderse más allá de la declaración de liquidación concursal, el 16 de febrero de 2023, sobre la base de una remuneración mensual de $869.916 respecto de Palma, $775.500 respecto de Vidal, y $978.917, en relación a García. III. Que la demandada deberá pagar las cotizaciones previsionales, FONASA y AFC, que se adeuden durante toda la vigencia de la relación laboral por diferencias, de acuerdo a la base de cálculo efectiva. Para tales efectos deberá comunicarse por la vía más expedita en la etapa ejecutiva a dichos organismos con la finalidad que inicien
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 66 y siguientes, 73, 160, 162, 168, 173, 183 a) y siguientes, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda por despido nulo, despido improcedente y cobro de prestaciones, interpuesta por don CARLOS EUGENIO PALMA ULLOA, JOSÉ AMADEO VIDAL ROLDAN y LUIS GARCÍA AMAYA, en contra de CONSTRUCTORA M3 S.A., condenándola al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: Respecto de don CARLOS EUGENIO PALMA ULLOA: a) Indemnización sustitutiva, por $869.916; b) Indemnización por años de servicio, $3.479.664; c) Feriado adeudado, por 23,75 días, $726.536; d) Recargo del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $1.043.899; Respeto de don JOSÉ AMADEO VIDAL ROLDAN: a) Indemnización sustitutiva, por $775.500; b) Indemnización por años de servicio, $775.500; c) Feriado adeudado, por 18,75 días, $387.750; d) Recargo del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $232.650; Respecto de don LUIS GARCÍA AMAYA: a) Indemnización sustitutiva, por $978.917; b) Indemnización por años de servicio, $1.957.834; c) Feriado adeudado, por 18,75 días, $611.823; d) Recargo legal del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $587.350; II. Respecto de todos los demandantes, remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la separación acaecida el 27 de octubre de 2022 hasta la convalidación del despido, no pudiendo extenderse más allá de la declar
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 23-4-0458488-K RIT O-826-2023 SALA 1 (Sala virtual) MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 11.16 HORAS HORA DE TERMINO 12.58 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340458488-K-1
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