ORTÚZAR/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rol
C-13699-2022
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, comparece V ctor Manuel Ort zar Ort zar,í ú ú abogado, domiciliado en calle Navidad 1200, departamento 504, comuna de Vitacura, Regi n Metropolitana eó interpone demanda en juicio ordinario de menor cuant a de prescripci n extintiva ení ó contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada legalmente por su alcalde, Daniela Pe aloza Ramosñ , psic loga, ambos domiciliados en Avenida Lasó Condes N 3.400, comuna de Las Condes.° Comienza su presentaci n se alando que seg n consta del documento emitidoó ñ ú por la Direcci n de Tr nsito de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, de fecha 18 deó á noviembre del a o 2022, el veh culo que se identifica con la placa patente DZ0728-5,ñ í marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci n 1982, desde el a o 2010 a la fechañ ó ñ por un total de $866.331, de su propiedad, mantiene una deuda vigente por concepto de permiso de circulaci n desde el a o 2010 a la fecha, de las cuales, una gran parte deó ñ ellas se encuentran prescritas. Indica que como se ha se alado antes, dichos montos se encuentran mayormenteñ prescritos, mencionando que no se encontrar an prescritas nicamente, las deudasí ú devengadas de los a os 2020, 2021 y 2022 cuyo valor asciende a $115.470.ñ Previas citas legales, solicita se sirva tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuant a sobre declaraci n de prescripci n extintiva de la acci n deí ó ó ó cobro de los montos devengados por concepto de permiso de circulaci n de laó motocicleta placa patente DZ0728-5, marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci nñ ó 1982, en contra de la Municipalidad de Las Condes, representada por su alcalde Daniela Pe aloza Ramos, ambos ya individualizados, admitirla a tramitaci n y en definitiva,ñ ó declarar la prescripci n de las acciones de cobro respecto de los permisos de circulaci nó ó desde el a o 2010 hasta el a o 2019, por haber transcurrido en exceso, entre los d asñ ñ í que se hicieron exigibles las supuestas deudas y la fe
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, y conforme dispone el art culo 1698 delí C digo Civil, el demandante acompa , sin ser objetado de contrario: ó ñó 1) Copia simple de Certificado de deuda de fecha 18 de noviembre de 2022, emitido por la Direcci n de Tr nsito de la Ilustre Municipalidad de Las Condes.ó á 2) Certificado de anotaciones vigentes de mi motocicleta placa patente DZ0728-5, marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci n 1982ñ ó . 3) Certificado de deuda de orden de ingreso municipal de Las Condes, motocicleta placa patente DZ0728-5, marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci nñ ó 1982, de fecha 18 de noviembre de 2022. Que, los documentos acompa ados dan cuenta de una deuda por concepto deñ permiso de circulaci n, por el periodo comprendido entre el a o 2010 y el a o 2022,ó ñ ñ ascendente a la suma de $866.331, respecto del veh culo placa patente DZ0728-5, marcaí Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci n 1982ñ ó , de propiedad del demandante. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades (anuales) de la obligaci n que invoca la demandante respecto del permisoó de circulaci n, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, 31 deó marzo de cada a o, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso deñ á é inactividad del acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Código: NHGJXEHHSYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13699-2022 Foja: 1 QUINTO: Que, en este contexto, y atendido que a la fecha de la notificaci n deó la presente demanda, 19 de diciembre de 2022, es dable establecer que ha transcurrido el plazo de prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil, respecto de losó í ó permisos de circulaci n correspondientes al respecto del veh culo placa patente DZ0728-ó í 5, marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci n 1982, por los per odosñ ó í comprendidos entre el a o 2010 y el a o 2019, ambos inclusive; y teniendo presenteñ ñ adem s el allanamiento de la parte demandada, s lo cabe acoger la acci n incoada comoá ó ó se dir en lo resolutivo de este fallo.á
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los 2492,á 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, art culo 12,13 y siguientes del D.L.ó í 3063 y art culo 253 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:í ó I. Que se acoge la demanda de folio 1, en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de permiso de circulaci n correspondiente al veh culo ó í respecto del veh culo placa patente DZ0728-5,í marca Honda, modelo NH 650, a o de fabricaci n 1982ñ ó , adeudados por el demandante a la Ilustre Municipalidad de Las Condes, por el per odo comprendido entre el a o 2010í ñ y el a o 2019, ambos inclusive, se encuentran prescritos, incluyendo adem s reajustes,ñ á intereses y multas respecto de dichos per odos. Elim nense dichas cuotas del estado deí í deuda por concepto de permisos de circulaci n por parte de la demandada de autos,ó ejecutoriada que sea la presente sentencia. II. Que, cada parte pagar sus costas.á Rol N C-13699-2022.° DICTADA POR ROMMY M LLER UGARTE, JUEZ TITULAR DELÜ SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA MARIA ELENA MOYA GUMERA SECRETARIA SUBROGANTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Marzo de dos mil veintitr sé Código: NHGJXEHHSYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C
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C-13699-2022 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13699-2022 CARATULADO : ORT ZAR/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDESÚ Santiago, diez de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Que a folio 1, comparece V ctor Manuel Ort zar Ort zar,í ú ú abogado, domiciliado en calle Navidad 1200, departamento 504, comuna de Vitacura, Regi n Metropolitana
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