Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

ASTETE/HOTELERA MURANO LTDA

Rol

M-87-2023

Fecha

30 de agosto de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41,42, 67, 72, 159, 161, 162, 163, 168, 420, 423, 496 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral entre las partes que se extendió desde el 02 de mayo de 2019 hasta el 15 de octubre de 2022 II.- Que la relación laboral termino por despido injustificado del demandante III.- Que en consecuencia se condena a la demandada al pago de la Indemnización por falta de aviso previo, equivalente a la suma de $864.624; Al pago de la Indemnización por años de servicio a la suma de $2.593.872.- suma que se incrementara en un 50% conforme a lo dispuesto en el artículo 168 letra b) atendido al despido verbal ascendiendo este incremento a la suma de $1.296.936.; Y a la suma de $864.624 por concepto de Feriado reclamado IV.- Que las sumas precedentes se reajustaran y devengaran intereses los conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. III.- Que no se condena en costas al demandado por no haber litigado Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: M-87-202 RUC: 22-4-0448668-7 Dirigió la audiencia doña BARBARA ANDREA LEAL TORREALBA, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés.

Fallo

se resuelve: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral entre las partes que se extendió desde el 02 de mayo de 2019 hasta el 15 de octubre de 2022 II.- Que la relación laboral termino por despido injustificado del demandante III.- Que en consecuencia se condena a la demandada al pago de la Indemnización por falta de aviso previo, equivalente a la suma de $864.624; Al pago de la Indemnización por años de servicio a la suma de $2.593.872.- suma que se incrementara en un 50% conforme a lo dispuesto en el artículo 168 letra b) atendido al despido verbal ascendiendo este incremento a la suma de $1.296.936.; Y a la suma de $864.624 por concepto de Feriado reclamado IV.- Que las sumas precedentes se reajustaran y devengaran intereses los conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. III.- Que no se condena en costas al demandado por no haber litigado Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: M-87-202 RUC: 22-4-0448668-7 Dirigió la audiencia doña BARBARA ANDREA LEAL TORREALBA, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés.

Texto Completo (Preview)

ACTA AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACION Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIA ZOOM FECHA 29 de agosto de 2023 RUC 22-4-0448668-7 RIT M-87-2023 MAGISTRADO Bárbara Andrea Leal Torrealba ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Cárcamo Cárcamo HORA DE INICIO 08:35 Horas HORA DE TERMINO 09:03 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240448668-7-1359 DEMANDANTE NO COMPARECE Raúl Alejandro Astet

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