21º Juzgado Civil de Santiago

CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A./MAZU

Rol

C-3981-2021

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2021 , comparece don EDUARDO BELMAR GARC A, abogado, en representaci n convencional deÍ ó CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., sociedad comercial del giro de su denominaci n, representada legalmente por do a Mar a Cristinaó ñ í Winter Silva, Ingeniera Comercial y don Mathias Anwandter Beckhaus, Ingeniero Civil; gerentes domiciliados para estos efectos en Avenida Paseo Bulnes N 107, oficina 25, comuna y ciudad de Santiago, quien demandaº ejecutivamente a don JORGE ENRIQUE MAZU CONTRERAS, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Alcalde German Miric 216, Depto. 2404,ó comuna de Antofagasta. Se ala que Cl nica Alemana de Santiago Sociedad An nima es due a delñ í ó ñ pagar N 294084, por la suma de $43.578.057, suscrito por doné º JORGE ENRIQUE, MAZU CONTRERAS ya individualizado (a) cuyo vencimiento es el d a 26 de Febrero de 2021, y cuya firma se encuentraí debidamente autorizada en la notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar. De igual manera, en dicho efecto de comercio se estipul que en eló caso de mora o simple retardo en el pago del pagar se devengar a, desde laé í fecha de la mora o del simple retardo y hasta la fecha del pago ntegro yí efectivo, un inter s penal igual al corriente a la fecha de la mora o delé simple retardo para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional,é no reajustables, de plazo inferior a 90 d as, establecido por laí Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, inter s que seé calcular a y pagar a sobre el saldo total adeudado. Es del caso que el (la)í í demandado (a) no pag la deuda a la fecha de su vencimiento por lo queó C-3981-2021 Foja: 1 vengo en demandar en este acto el pago total de la obligaci n, la que al d aó í 26 de Febrero de 2021 asciende a la suma de $43.578.057, con m s losá intereses pactados desde dicha fecha y hasta la de su pago efectivo, y las costas del juicio. Por ltimo, debo agregar, que la deuda consta de un t tulo ejecutivoú í perfecto de conformidad a lo dis

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don EDUARDO BELMAR GARC A,Í en representaci n de CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., yaó individualizados deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contraé de don JORGE ENRIQUE MAZU CONTRERAS, ya individualizado. Funda su demanda se alando que su representada es due a del pagar Nñ ñ é º 294084, por la suma de $43.578.057.- . M s los intereses penales pactadosá , hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello con costas. C-3981-2021 Foja: 1 Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este

Fallo

se declararon admisible las excepciones y se recibi a prueba por el t rmino legal, fij ndose la queó é á consta en autos. Con fecha 7 de febrero de 2023, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don EDUARDO BELMAR GARC A,Í en representaci n de CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., yaó individualizados deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contraé de don JORGE ENRIQUE MAZU CONTRERAS, ya individualizado. Funda su demanda se alando que su representada es due a del pagar Nñ ñ é º 294084, por la suma de $43.578.057.- . M s los intereses penales pactadosá , hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello con costas. C-3981-2021 Foja: 1 Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que habiendo sido legalmente notificado y requerido de pago la ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 7, 6 , 14 y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laí ó falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n alí ó demandado, falsedad del t tulo, la nulidad de la obligaci n y El pago de laí ó deuda. TERCERO.- Que, el ejecutado funda la excepci n del N 7 deló ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, Funda la siguienteí ó excepci n en

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C-3981-2021 Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3981-2021 CARATULADO : CL NICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A./MAZUÍ Santiago, diez de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2021 , comparece don EDUARDO BELMAR GARC A, abogado, en representaci n convencional deÍ ó CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., sociedad come

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