Juzgado de Letras de Lautaro

MEJÍAS/SOCIEDAD DE TRANSPORTES MESSEN TRANSPORTA LIMITADA

Rol

O-68-2022

Fecha

28 de agosto de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 20 de diciembre del 2022, comparece, don LUIS ALEJANDRO GARRIDO ESPARZA, abogado, en representación de don JUAN PEDRO MEJIAS SANDOVAL, cédula de identidad número 12.740.060-1, chileno, casado, desempleado, domiciliado en calle Horizonte número 1120, Sector Labranza, comuna de Temuco, quien viene en interponer demanda de despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones y devolución de descuento de AFC, en procedimiento ordinario en contra de SOCIEDAD DE TRANSPORTES MESSEN TRANSPORTA LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.276.767-8, representado legalmente por don JOSÉ HORACIO MESSEN GÓMEZ, cédula de identidad número 7.391.794- 8, ambos domiciliados en Parcela El Cardal número 25 Km.652, sector Pillanlelbun, comuna de Lautaro, o por quien ejerza dicha representación, fundada en los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone: LOS HECHOS ANTECEDENTES GENERALES DE LA RELACIÓN LABORAL Señala que la relación laboral entre don JUAN PEDRO MEJIAS SANDOVAL y su empleador SOCIEDAD DE TRANSPORTES MESSEN TRANSPORTA LIMITADA, comenzó con fecha 1 de marzo del año 2019. Su función en la empresa era de la de conductor de camión, debiendo de manera habitual transportar maquinaria pesada a distintas faenas de extracción de áridos. A efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, la última remuneración mensual corresponde a $1.685.916, que corresponde al promedio de las remuneraciones de los meses de junio, julio y agosto de 2022. DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL Manifiesta que la empresa comunicó formalmente el despido del trabajador con fecha 06 de octubre de 2022 invocando la causal del articulo 160 N°3 del Código del Trabajo. Dice el empleador que su representado no concurrió los días 04, 05 y 06 de octubre de 2022 sin causa justificada. De ello, es efectivo que su representado no prestó servicios los días que indica el demandado, pero no es efectivo que haya sido sin justificación alguna, pues como probará, el trabajador tuvo una discusión con su empleador con fecha 26 de septiembre, en aquella oportunidad se le dijo que estaba despedido. Por ello, la causal es improcedente, es natural que su representado no concurra a trabajar si se le separa de sus funciones aun cuando no se le haya entregado carta de aviso. Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: el día 26 de Septiembre de 2022, su representado llegó 30 minutos atrasado a sus funciones, es decir, llega a las 08:30 horas, su jefe, don José Carlos Messen Guajardo, quien es hijo del dueño y representante legal de la Empresa lo estaba llamando y presionando para que llegue. Su representado ya se encontraba molesto ante tanta insistencia y presión por unos minutos de atraso, y al presentarse a la Oficina, le indicó a la Secretaria que, desde ahora, solo trabajaría las horas que imponía su contrato de trabajo, y nada más. Esto, ya que su representado trabajaba mucho más que eso. Manifiesta que su representado luego de ello, carga una máquina excavadora y la transportó a Lautaro, y al regreso, aproximadamente a las 09:45 horas, se presentó a la oficina a explicar a su jefe que, en el trayecto de regreso, el camión había topado el techo con una rama de árbol. Desde la Oficina, caminaron a ver el camión y el señor Messen comenzó a recriminar al trabajador por haber llegado tarde, diciéndole que a él se le pagaba por las horas trabajadas y que le descontarían los daños que sufrió el camión (abolladura en el lado derecho del techo). Su representado le señaló que no aceptaba descuentos porque a él lo hacen trabajar demasiadas horas y no respetaban sus descansos. Luego de esa discusión, el empleador comenzó a gritar diciéndole: “Entonces te vai y te voy a descontar los daños”. Que durante este lapso de tiempo se mantuvo en contacto con la secretaria de la empresa. EL DESPIDO ES INJUSTIFICAD

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 432, 446 y siguientes, 459 Nro.- 6 del Código del Trabajo, artículos 144, 160, 170, 346 Nro.- 3 del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por JUAN PEDRO MEJIAS SANDOVAL, en contra de SOCIEDAD DE TRANSPORTES MESSEN TRANSPORTA LIMITADA, declarándose: A.- Que el despido del que ha sido objeto don Juan Mejías Sandoval con fecha 26 de septiembre de 2022, es injustificado B.- Que se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1.- La suma de $1.685.916 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- La suma de $5.057.748 por concepto de indemnización por años de servicio. 3.- La suma de $4.046.198 por concepto de recargo legal del artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. 4.- La suma de $1.685.916 por concepto de feriado legal, equivalente a 30 días corridos o 18 días hábiles. 5.- La suma de $730.663 por concepto de feriado proporcional equivalente a 13 días corridos o 9 días hábiles. II.- Que se condena en costas al demandado por haber sido totalmente vencido, fijándose en la suma de $200.000. III.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo en cuanto fuere procedente Regístrese y en caso de no pago, remítanse los antecedentes al Tribunal de Cobranza que corresponda en la oportunidad legal correspondiente.

Texto Completo (Preview)

Lautaro, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 20 de diciembre del 2022, comparece, don LUIS ALEJANDRO GARRIDO ESPARZA, abogado, en representación de don JUAN PEDRO MEJIAS SANDOVAL, cédula de identidad número 12.740.060-1, chileno, casado, desempleado, domiciliado en calle Horizonte número 1120, Sector Labranza, comuna de Temuco, quien vien

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica