9º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CÁCERES

Rol

C-14017-2022

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 1 de diciembre de 2022 comparecen los abogadosó don Pablo Ignacio Pi a Donoso y Eduardo Sebasti n Aguilera Salazar,ñ á domiciliados en avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1.449, Torre 4,’ ° piso 8, comuna de Santiago, en representaci n judicial, de fuenteó convencional del Banco de Cr dito e Inversiones, sociedad an nimaé ó bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmente por eló gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, del mismo domicilio, demandando en juicio ejecutivo de cobro de pagar a doné Carlos C ceres Horta, ignoran ocupaci n, con domicilio en calle Los Roblesá ó N 52, casa 8 A, Los Bosques de Chicureo, comuna de Colina, por la suma° de $141.148.417.-, m s intereses y costas á Indica que su representada es acreedora del ejecutado don Carlos Caceres Horta, acreencia que consta en el pagar n mero D14345092094é ú suscrito a la orden el 2 de mayo de 2022, por la suma de $141.148.417.-, por concepto de capital, actuando el deudor representado por el banco en virtud del contrato que contiene el mandato otorgado para suscribir esta especie de documentos, suscripci n que se realiz por el apoderado deló ó banco, seg n escritura p blica que contiene delegaci n de facultades.ú ú ó Esta obligaci n devengar a un inter s del 0,9000% mensual vencido,ó í é durante todo el plazo pactado. El capital adeudado m s los intereses se pagar an en 81 cuotasá í mensuales, iguales y sucesivas de $ 2.512.917.- cada una, con vencimientos los d as 26 de cada mes, siempre que fueran h biles bancarios, si no, loí á tendr an al d a h bil bancario siguiente. La primera cuota venci el 25 deí í á ó julio de 2022. Adicionalmente, se estableci en dicho documento que el no pagoó oportuno de una cualquiera de sus cuotas, sea de capital o de intereses, faculta al acreedor para hacer exigible de inmediato el total del saldo insoluto a esa fecha, el que desde ese momento se considera de plazo Código: VXVYXEJXEHD Este documento

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar (Siní é Protesto) cuota fija tasa fija pesos N operaci n D14345092094, suscrito el 2° ó de mayo de 2022 por do a Ver nica Cornejo V squez en representaci nñ ó á ó del banco ejecutante y este, a su vez, en representaci n del deudor, por laó suma de $141.148.417.-, capital adeudado que devengar una tasa deá inter s de 0,90% mensual vencido durante todo el plazo pactado. El capitalé y los intereses se pagar an en 81 cuotas mensuales, iguales y sucesivas deí $2.512.917.- cada una, con vencimiento la primera el 25 de julio de 2022 y las restantes los d as 26 de cada mes, venciendo la ltima de ellas el 26 deí ú marzo de 2029. La firma de la suscriptora se encuentra autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que en relaci n a la excepci n de falta de alguno de losó ó requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tengaí fuerza ejecutiva, no ser acogida, pues, cabe tener presente que, seg ná ú consta en la cl usula 5 de la escritura p blica de 31 de diciembre de 2019,á ú otorgada en la 40 notar a de Santiago, que corresponde al Acta N 3.451 deª í ° la reuni n del comit ejecutivo del Banco de Cr dito e Inversiones,ó é é celebrada el 19 de diciembre de 2019, que se confiri a do a Ver nicaó ñ ó Cornejo V squez poder especial para suscribir pagar s a la orden del banco.á é Lo que necesariamente habr que relacionar con el Contrato cuentaá “ Código: VXVYXEJXEHD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corriente y otros servicios bancarios , suscrito por el deudor el 31 de” octubre de 2006, que en la cl usula Mandato para documentar deuda yá “ suscribir y/o complementar pagar s , faculta al acreedor para que en sué ” “ nombre y representaci n, incluso autocontratando y a trav s de cualquieraó é de sus apoderados o en quien el banco delegue, acepte letras de cambio, suscriba y/o complete pagar s y solicitudes de cr dito, y reconozca deudasé é en beneficio y a la orden del Banco a fin de documentar en esta forma el o los saldos deudores, por los montos de capital, intereses, costas, comisiones de la suma adeudada y dem s gastos que se originen con motivo de laá utilizaci n de los productos y/o servicios convenidos con el Banco, incluidosó los productos y/o servicios contratados previo a la firma de este contrato . ” TERCERO: Que en lo referente a la excepci n de nulidad de laó obligaci n, ser rechazada, dado lo razonado en el considerandoó á precedente. CUARTO: Que por lo anterior, la ejecuci n deber seguir adelanteó á y el ejecutado soportar el pago de las costas. á En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, se rechazan lasó excepciones opuestas, con costas, debiendo seguirse adelante la ejecuci nó hasta el completo pago de lo debido. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í Se deja constancia que se dio cumplimien

Fallo

Por tanto, la obligaci n subyacente en el° ó pagar de autos es nula, por falta de causa y de voluntad. é As se configura la situaci n prevista en el art culo 8 de la Leyí ó í N 18.092, que dispone que la persona que firma una letra de cambio como° representante o a ruego de otra, de la que no tiene facultad para actuar, se obliga por s misma en virtud de la letra. Esta norma se aplica a losí pagar s, por expresa remisi n del art culo 107.é ó í En presentaci n de 1 de febrero de 2023 el ejecutante evacu eló ó traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones, con costas. Por resoluci n de 7 de febrero de 2023 se declararon admisibles lasó excepciones, se omiti recibir la causa a prueba y se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar (Siní é Protesto) cuota fija tasa fija pesos N operaci n D14345092094, suscrito el 2° ó de mayo de 2022 por do a Ver nica Cornejo V squez en representaci nñ ó á ó del banco ejecutante y este, a su vez, en representaci n del deudor, por laó suma de $141.148.417.-, capital adeudado que devengar una tasa deá inter s de 0,90% mensual vencido durante todo el plazo pactado. El capitalé y los intereses se pagar an en 81 cuotas mensuales, iguales y sucesivas deí $2.512.917.- cada una, con vencimiento la primera el 25 de julio de 2022 y las restantes los d as 26 de cada mes, venciendo la ltima de ellas el 26 deí ú marzo de 2029. La firma de la suscriptora se encuentra autorizada

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14017-2022 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/C CERESÁ Santiago, nueve de marzo de dos mil veintitr s.é VISTOS: En presentaci n de 1 de diciembre de 2022 comparecen los abogadosó don Pablo Ignacio Pi a Donoso y Eduardo Sebasti n Aguilera Salazar,ñ á domiciliados en avenida Libertador Bernardo O Higgins N

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