TAPIA/COMERCIAL CHACAO S. A.
Rol
M-248-2023
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1.- DOCUMENTAL DEMANDANTE X 2.- CONFESIONAL DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandada no comparece a esta audiencia. RELACIÓN DE LA DEMANDA.- El Tribunal realiza una breve relación de la demanda. Se deja constancia que no comparece a esta audiencia la demandada COMERCIAL CHACAO S.A., por lo que nada expone con relación a las pretensiones del demandante y, en consecuencia, se tiene por evacuado el trámite de contestación en su rebeldía. LLAMADO A CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, se da por fracasado dicho trámite atendido la rebeldía de la parte demandada. LOS HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Existencia de la relación laboral alegada por el demandante. Extensión, términos y condiciones de la misma. 2. En el evento de existir relación laboral, remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor, rubros que la componen, monto de los mismos. Detalles y pormenores. 3. Fecha, causas y circunstancias del término de los servicios del demandante, formalidades legales y justificación de su desvinculación. Hechos, detalles,
Fundamentos
fundamentos y pormenores. 4. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante. 5. Prestaciones adeudadas al actor, fundamentos fácticos y jurídicos de las y monto de las mismas. MEDIOS DE PRUEBA: DOCUMENTAL DEMANDANTE: Se incorporan los siguientes documentos: 1. Presentación de reclamo ante Inspección del Trabajo N° 1302/2023/1009 de fecha 30 de marzo de 2023. 2. Acta de comparendo de conciliación de fecha 28 de abril de 2023. 3. Contrato de trabajo suscrito el 14 de enero de 2019. 4. Anexo de contrato de trabajo de fecha 15 de abril de 2019. 5. Liquidación de remuneraciones del mes diciembre de 2022 y enero de 2023. 6. Carta de despido de fecha 6 de febrero de 2023. 7. Comprobante de carta de aviso para terminación de contrato correlativo 5806. 8. Cartola de cotizaciones de Fonasa de fecha 2 de mayo de 2023. 9. Cartola de cotizaciones de AFC Chile S.A. de fecha 2 de mayo de 2023. 10. Cartolas (02) de cotizaciones de AFP Hábitat de fecha 2 de mayo de 2023. 11. Consulta Tributaria de la demandada emitida por SII de fecha 10 de mayo de 2023. 12. Certificado emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento folio 17001 de fecha 10 de mayo de 2023. Tribunal Resuelve: se tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental por parte de la demandante. Se ordena la custodia de los documentos hasta la ejecutoria de la sentencia que se dictará en esta causa. CONFESIONAL DEMANDANTE: No comparece absolver posiciones el representante legal de la parte demandada. – Según consta en el registro de audio. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal. Tribunal resuelve: Se tendrá presente en la oportunidad procesal pertinente. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. · La parte demandante realiza observaciones a la prueba. · Argumentos que constan en el registro de audio. Tribunal Resuelve: Téngase por realizadas las observaciones a la prueba por las partes. Siendo las 10:11 horas, se realiza un receso de la audiencia para dictar sentencia en esta causa. Siendo las 13:05 horas, el tribunal procede a dictar sentencia en esta causa. SENTENCIA: *Transcripción parte resolutiva de la sentencia, la cual consta íntegramente en el registro de audio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del Auto Acordado 71-2016 de la Excma. Corte Suprema. Y visto lo dispuesto en los artículos 7, 9, 10, 63, 73, 161, 162, 168, 499 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda impetrada en esta causa, se declara injustificado el despido del demandante y, en consecuencia, se condena a la demandada Comercial Chacao S.A., a pagar a Claudio Alfredo Tapia López las siguientes prestaciones: a) $504.760.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $2.019.040.- por concepto de indemnización por años de servicio. c) $305.712.- por concepto de recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicio. d) $15.422.- por concepto de feriado proporcional. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser satisfechas con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, asimismo, se condena a la demandada a enterar las cotizaciones de AFC del actor correspondiente a los periodos de enero, febrero y marzo de 2019, para cuyo efecto deberá accionarse en los términos del artículo 4° de la Ley 17.322. IV.- Que se rechaza en lo demás solicitado la demandada incoada en esta causa. V.- Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día y, en caso contrario, certifíquese lo que corresponda para los efectos del artículo 466 del Código del Trabajo. VI.- Ejecutoriada que sea esta sentencia, devuélvanse los documentos incorporados por la demandante y que se encuentren en custodia del tribunal, a su solo requerimiento verbal. Archívense los antecedentes en su oportunidad. Siendo las 13:14 horas se pone término a la presente audi
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 de agosto de 2022 RUC 23-4-0481073-1 RIT M-248-2023 MAGISTRADO Patricia Agüero Gaete ADMINISTRATIVO DE ACTAS David Bahamondes P. HORA DE INICIO 09:50 HORA DE TERMINO 13:14 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340481073-1-1351 SALA 1.- PARTE DEMANDANTE CLAUDIO ALFREDO TAPIA LÓPEZ RUT: 13.470.260-5 ABOGADO RAQUEL IRENE CUEVAS GÁLVEZ (Presenc
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