3º Juzgado Civil de Temuco

FISCO DE CHILE CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-252-2021

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 15, con fecha 22 de septiembre de 2022, comparece don Luis Roberto Méndez Bermedo, abogado, con domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda N°401, oficina 208, comuna de Angol, en representación de SOCIEDAD FERIA TRAIGUÉN Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 79.509.220-K, representada legalmente por don Juan Claudio De la Cruz Rodríguez, empresario, ambos con domicilio en calle Chacabuco N°495, comuna de Angol; y solicita el giro de cheque, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiación que ha sufrido la propiedad de su representado, no habiéndose presentado oposición dentro de plazo legal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al folio 26 consta certificación secretarial de fecha 29 de diciembre de 2022, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. SEGUNDO: Que, al folio 19 se agregó copia de inscripción de dominio del inmueble expropiado, rolante a fojas 538 vta. N°788 del Registro de Propiedad del año 2004 del sr. Conservador de Bienes Raíces de Angol; agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 22; copia autorizada en la que consta que la propiedad expropiada pertenece a la solicitante. Rol de avalúo N°1434-13 de la comuna de Renaico. TERCERO: Que, al folio 30 rola certificado de avalúo de la propiedad, Rol 1434-13 de la comuna de Renaico, constando que ésta se encuentra exenta al pago de contribuciones de bienes raíces. CUARTO: Que, en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago a la peticionaria, ordenándose el giro del cheque, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 15, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACIÓN y en consecuencia GÍRESE CHEQUE a nombre de SOCIEDAD FERIA TRAIGUÉN Y COMPAÑÍA LIMITADA, representada legalmente por don Juan Claudio De la Cruz Rodríguez, con cargo a la Boleta Bancaria N°5000765091 de fecha 29 de septiembre de 2021, por la suma de Código: VHRXXENFTRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol V-252-2021 $13.142.749 (trece millones ciento cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve pesos). Concurra a la entrega del cheque tanto la expropiada, como su abogado personalmente. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Rol V-252-2021. DICTADA POR DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Código: VHRXXENFTRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-08T09:38:14-0300

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Rol V-252-2021 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-252-2021 CARATULADO : FISCO DE CHILE CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, ocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Al folio 15, con fecha 22 de septiembre de 2022, comparece don Luis Roberto Méndez Bermedo, abogado, con domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda N°401, oficina 208, comuna de Angol,

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