MORALES/
Rol
V-169-2022
Fecha
7 de marzo de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que configurarían la o las hipótesis legales en que ha fundamentado su solicitud. DECIMO SEGUNDO: Que, con el certificado de nacimiento acompañado a folio 1, se tuvo por acreditado que el actual nombre del solicitante es don Alexis Américo Francisco Morales Soto. DÉCIMO TERCERO: Que, en relación a la primera causal legal invocada, esto es el menoscabo moral que le ocasionaría a don Alexis Américo Francisco Morales Soto, llevar su segundo nombre, este tribunal estima insuficiente la prueba rendida, toda vez, que los testigos, no especifican de qué forma esto se ha manifestado en el fuero interno de la requirente, ni que ello en efecto le haya ocasionado un sufrimiento que justifique, por si sólo, la eliminación de dicho nombre. DÉCIMO CUARTO: Que, habiendo el requirente también invocado la hipótesis contemplada en la letra b) del artículo 1, esto es, que el solicitante ha sido conocido por más de cinco años con nombres y apellidos distintos a los propios, encontrándose contestes ambos testigos en que don Alexis Américo Francisco Morales Soto ha sido efectivamente conocido por un plazo mayor al de cinco años como Fernando Alexis Francisco Uribe Morales y exponiendo ambos las razones de aquello, se tendrá por suficientemente acreditada esta causa legal y los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en presentación de folio 1 de fecha 22 de septiembre de 2022 y aclarada a folio 37 con fecha 01 de marzo de 2023, comparece don Alexis Américo Francisco Morales Soto, Ingeniero en prevención de Riesgos, cédula nacional de identidad número 14.269.892-7, domiciliado en calle El Jardín N° 668, comuna de Chillán, debidamente representado; quien solicita se autorice el cambio de nombre y apellido, para quedar en definitiva como Fernando Alexis Francisco Uribe Morales. Expone que nace el día 23 de noviembre del año 1972, producto de una efímera relación sentimental entre su madre biológica doña Edith María Morales Soto, y su padre, el señor José Luis Antonio Uribe Cea. Sin embargo, al poco tiempo de resultar embarazada doña Edith, producto de problemas graves de convivencia, se dio por terminado el amorío existente entre ambos en el mes de septiembre de 1972, pocos meses antes de su nacimiento. Que, tras este triste episodio fueron sus abuelos, don José Francisco Morales Morales, y doña Marta Rosa Elvira Soto, quienes lo reconocieron como su hijo, creciendo, y siendo conocido durante su niñez y adolescencia con los nombres y apellidos efectivamente inscritos. Indica que, hace aproximadamente 13 años, desde el año 2009, retomó el contacto con su padre, manteniendo una relación afectiva y de respeto mutuo, en la que se dejaron atrás las diferencias y el padre se ha encargado de recuperar el tiempo perdido, reconstruyendo los lazos y llenando los vacíos emocionales y afectivos del pasado, siendo de público conocimiento la buena relación y cariño existente entre ambos. Que, por esta razón, y como una especie de homenaje a su padre y a la buena relación existente entre ambos, desde el año 2011 aproximadamente, comenzó a usar el apellido “Uribe” en el ámbito público y social, esto es, en reuniones familiares, entre amistades, en el trabajo, y en cualquier lugar donde fuere consultado su nombre, siempre se presentó bajo el nombre de “Alexis Uribe Morales”. Que, asimismo, respecto de los nombres puestos por sus abuelos al momento de su inscripción en el registro, la obligación de tener que usar el nombre “Américo” en diferentes instancias sociales y laborales, ha traído consigo una serie de episodios embarazosos, en los que era confundido o Código: KZLCXEZXXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl derechamente recibía burlas y bromas haciendo referencia a "Américo” el cantante, instándolo a cantar como él, lo que le produjo evidente menoscabo moral, por tratarse de un nombre a estas alturas ridículo que lo relacionaba con un estilo de música que no es de su gusto, razón por la que, desde la misma época en que comenzó a ser conocido como “Alexis Uribe”, comenzó a utilizar socialmente el nombre "Fernando", siendo conocido públicamente por más de 5 años como “Fernando Alexis Francisco Uribe Morales”. Finalmente cita el requirente el artículo 1 de ley 17.344 letras a) y
Fallo
se resuelve: I. Que se hace lugar a lo solicitado por don Alexis Américo Francisco Morales Soto, y, en consecuencia, se autoriza el cambio de nombre y apellidos, debiendo oficiarse al Señor Oficial del Registro Civil, a fin de que proceda a rectificar la inscripción de nacimiento N°3368, registro E del año 1972, circunscripción Chillán, quedando en definitiva la persona individualizada con el nombre Fernando Alexis Francisco Uribe Morales. Código: KZLCXEZXXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Dese cumplimiento a lo establecido en el artículo 4° de la ley 17.344, haciéndose extensiva la presente rectificación a las inscripciones N°517, Registro S del año 2009 de la circunscripción de Copiapó, y N° 1.091 Registro sin nombre del año 2014, de la circunscripción de Arica III. Practíquense las subinscripciones previstas por la Ley.- Rol V-169-2022 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillán, siete de Marzo de dos mil veintitrés. Código: KZLCXEZXXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-07T16:10:43-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-169-2022 CARATULADO : MORALES/ Chillán, siete de Marzo de dos mil veintitrés VISTO, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en presentación de folio 1 de fecha 22 de septiembre de 2022 y aclarada a folio 37 con fecha 01 de marzo de 2023, comparece don Alexis Américo Francisco Morales Soto, Ingeniero en preve
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