SALINAS/FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ (FUNDACIÓN INTEGRA)
Rol
O-953-2023
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 73, 172, artículo 171, artículo 420 y siguientes, 456, 459, 485 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la excepción de caducidad en relación a la acción de auto despido indirecto ejercido por doña Carolina Valeska Salinas Morales en contra de FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ y, se acoge parcialmente la demandada de cobro de prestaciones interpuesta por ésta, declarando: 1. Que, la parte demandada deberá cancelar remuneración pendiente del mes de septiembre del año 2022, remuneración bruta $986.761.-, alcance líquido $629.374.- 2. Feriado legal, anualidad 2020-2021, 2021-2022, por $1.339.324.- 3. Feriado proporcional, por $377.909.- II. Que, las sumas ordenadas a pagar lo serán con los reajustes e intereses señalados en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo III. Que, se rechaza la demandada reconvencional planteada por FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a ella dentro de quinto día, en caso contrarios, pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y previsional. V. Que, en conformidad al artículo 445 del Código del Trabajo cada parte soportará sus costas, de acuerdo a lo indicado en el motivo final de la sentencia. Regístrese, notifíquese en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, dese copia autorizada a la parte que lo requiera, archívese los antecedentes en su oportunidad. Se deja constancia que el Tribunal no custodió los documentos de las partes. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don Daniel Ricardi Mac-Evoy, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letra
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 73, 172, artículo 171, artículo 420 y siguientes, 456, 459, 485 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la excepción de caducidad en relación a la acción de auto despido indirecto ejercido por doña Carolina Valeska Salinas Morales en contra de FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ y, se acoge parcialmente la demandada de cobro de prestaciones interpuesta por ésta, declarando: 1. Que, la parte demandada deberá cancelar remuneración pendiente del mes de septiembre del año 2022, remuneración bruta $986.761.-, alcance líquido $629.374.- 2. Feriado legal, anualidad 2020-2021, 2021-2022, por $1.339.324.- 3. Feriado proporcional, por $377.909.- II. Que, las sumas ordenadas a pagar lo serán con los reajustes e intereses señalados en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo III. Que, se rechaza la demandada reconvencional planteada por FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a ella dentro de quinto día, en caso contrarios, pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y previsional. V. Que, en conformidad al artículo 445 del Código del Trabajo cada parte soportará sus costas, de acuerdo a lo indicado en el motivo final de la sentencia. Regístrese, notifíquese en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, dese copia autorizada a la part
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ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 (PRESENCIAL) RUC 23-4-0459723-K RIT O-953-2023 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 12:31 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:36 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 23404
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