BRIONES/PGV SEGURIDAD LIMITADA
Rol
M-39-2023
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don RODRIGO ANTONIO BRIONES VEGA, trabajador, domiciliado en El Naranjal, Bombero Luis Chávez 124, comuna de Rengo, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado o carente de causa legal y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales en contra de su ex empleador PGV SEGURIDAD LIMITADA, de giro comercial, representada legalmente por don Luis Felipe Videla Fuentes, desconoce profesión u oficio, ambos con domicilio en Valentín Letelier 326, comuna de Concepción, y de forma solidaria o subsidiaria, conforme a lo establecido en los artículos 183- A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de HIPERMECADO TOTTUS S.A., de giro comercial, representada legalmente por don Jesús Orellana Orellana, desconoce profesión u oficio, con domicilio en calle Carlos Condell 100, comuna de Rengo. Funda su presentación, en síntesis, en que con fecha 29 de noviembre de 2022 comenzó a prestar servicios como guardia de seguridad, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para PGV SEGURIDAD LIMITADA y en dependencias de HIPERMECADO TOTTUS S.A. Refiere que su jornada de trabajo era distribuida mediante un turno de 6 días trabajados por 1 de descanso, en una jornada diaria desde las 6:20 hasta las 14:30 o desde las 14:00 hasta las 22:00 horas, percibiendo remuneraciones por la suma imponible de $532.000 y teniendo su contrato el carácter de indefinido. En cuanto a los hechos y circunstancias en que se produjo el despido, señala que con fecha 21 de febrero de 2023, luego de terminar su jornada laboral, recibió una llamada de teléfono de su supervisor, quien le comunicó de forma verbal que estaba despedido, producto de que su curso OS10 estaba vencido. En ese momento le indicó que su curso se encontraba vencido desde hace mucho tiempo y que la empresa estaba en conocimiento de ello, pero que nunca había sido impedimento para que trabajara y que casi todos sus compañeros de trabajo están con el curso vencido o no tienen el curso. Luego manifiesta que mediante un mensaje de WhatsApp su ex empleador le envió el finiquito para que lo revisara y lo fuera a firmar a notaría, pero que luego de leerlo se percató que la suma que se le iba a pagar no era la cantidad que correspondía, negándose a firmar. Previas citas legales, y demás consideraciones de hecho y de derecho, solicita se acoja la demanda en todas sus partes, condenando a los demandados en forma solidaria o subsidiaria por los montos y conceptos consignados en lo principal del libelo. SEGUNDO: Que no comparece la demandada principal a esta audiencia, por lo que permanece en rebeldía durante el curso del proceso. Asimismo, compareció la demandada solidaria o subsidiaria, quien llegó a una conciliación parcial con la demandante, en el sentido de responder únicamente de forma subsidiaria por la eventual sentencia condenatoria que se pudiese dictar en esta causa. TERCERO: Que se llevó a cabo la audiencia única y ante la rebeldía de la parte dem
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado o carente de causa legal interpuesta por don RODRIGO ANTONIO BRIONES VEGA en contra de PGV SEGURIDAD LIMITADA e HIPERMECADO TOTTUS S.A. y, en definitiva, se condena directamente a la primera y subsidiariamente a la segunda, por los siguientes montos y conceptos: a) $532.000, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $60.293, por concepto de feriado proporcional, por el tiempo transcurrido entre el 29 de noviembre de 2022 y el 21 de febrero de 2023, equivalente a 3.4 días corridos; c) $50.074, por concepto de asignación familiar. II.- Que no se condena en costas a las demandadas, a la primera por no haber presentado oposición y a la segunda por haber llegado a una conciliación parcial en forma previa. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Quedan las partes notificadas de todo lo obrado y resuelto en esta audiencia, la parte demandante y demandada subsidiaria por encontrarse presente en esta, y la parte demandada principal en este mismo acto, por encontrase en rebeldía. Dirigió la audiencia y resolvió don SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. jl1_rengo@pjud.cl Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Rengo, 25 de agosto de 2023.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 de agosto de 2023 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 23-4-0481020-0 RIT M-39-2023 MATERIA Despido injustificado y cobro de prestaciones MAGISTRADO DON SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 12:27 horas HORA DE TÉRMINO 12:39 horas Nº REGISTRO DE AUDIO
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