FERIANTES INDEPENDIENTES DE QUILLOTA S.A./I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-179-2023
Fecha
7 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 8 de febrero de 2023, comparece don Ernesto Muñoz Ojeda, abogado, en representación de la SOCIEDAD FERIANTES INDEPENDIENTES DE QUILLOTA S.A., empresa su giro, rol único tributario N°96.518.150-4, representada legalmente por don Mario del Carmen Lazcano Estay, comerciante, cedula nacional de identidad N°9.071.523-2, y doña Edith Magdalena Aballay Rojas, comerciante, cedula nacional de identidad N°10.858.410-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Sargento Aldea N°120, comuna de Quillota y deduce demanda ordinaria de declaración de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de patentes Municipales, en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, Rut 69.060.100-1, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por su alcalde don Oscar Calderón Sánchez, desconoce profesión y estado civil, ambos domiciliados en calle Maipú N°330, comuna de Quillota, a fin de que se declare la prescripción extintiva de la deuda por derechos de patentes municipales del periodo que abarca entre el primer semestre del año 1993 hasta el segundo semestre del año 2019 inclusive, con costas. Funda su demanda, señalando que de conformidad al documento emitido por el Departamento de Patentes Comerciales de la Municipalidad de Quillota, su representada, Sociedad de Feriantes Independientes de Quillota S.A., RUT N°96.518.150-4, registra deudas por no pago de patentes Municipales desde el año 1993 al año 2022, según boletín emitido por dicha entidad al 10 de enero de 2023, la deuda total por concepto de patentes asciende a $107.890.343.- Indica, que las patentes adeudadas por su representada comprenden períodos desde el primer semestre de 1993 hasta el segundo semestre del año 2022, el plazo de prescripción fijado por la ley es de tres años, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2521 Código Civil, por lo que solicita se declare la prescripción de las patentes comerciales adeudadas desde el primer semestre del año 1993 hasta el se
Fallo
Por tanto, se allana en lo efectivamente alcanzado por la prescripción, es decir los derechos devengados entre el año 1993 y el segundo semestre del año 2019, ambos inclusive, sin costas. TERCERO. La parte demandante acompañó: 1.- Certificado de deuda emitido por el Departamento de Patentes Municipales de la Municipalidad de Quillota de fecha 10 de enero de 2023. 2.-Escritura Pública de Mandato Judicial de fecha 02 de febrero de 2023, otorgado en la Notaría de don Julio Abuyeres Jadue, bajo el repertorio N° 139- 2023. CUARTO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2492 del Código Civil, “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseídos las cosas o haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice prescribir cuando se extingue por prescripción”. A su vez, los derechos municipales por concepto de patentes comerciales constituyen un impuesto de manera que cabe sujetarlos a la prescripción extintiva de corto tiempo prevista en el artículo 2521 del Código Civil. QUINTO. En la especie se trata de derechos municipales por concepto de patente comercial, cuyo cobro corresponde al municipio; transcurrido el lapso de prescripción exigido en el artículo 2521 del Código Civil, sin que conste que haya operado interrupción, procede declarar la prescripción de las acciones para su cobro. Así las cosas, en
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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-179-2023 CARATULADO : FERIANTES INDEPENDIENTES DE QUILLOTA S.A./I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA Quillota, siete de Marzo de dos mil veintitr s.é Vistos: Con fecha 8 de febrero de 2023, comparece don Ernesto Muñoz Ojeda, abogado, en representación de la SOCIEDAD FERIANTES INDEPENDIENTES DE Q
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