2º Juzgado Civil de Concepción

PINO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ

Rol

C-1077-2022

Fecha

4 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece don Daniel Eduardo Pino Pino, chileno, casado, cédula nacional de identidad número 12.968.254-K, domiciliado en calle Valencia N°1061, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, quien deduce demanda de prescripción extintiva en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad De San Pedro De La Paz, persona jurídica de derecho público, rol único tributario número 69.264.800-5, representada legalmente por su alcalde, don Javier Enrique Guiñez Castro, cédula nacional de identidad número 7.335.101-4, funcionario público, ambos con domicilio en calle Los Acacios N°43, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz, o por quien lo reemplace o subrogue legamente, solicitando que se declare la prescripción extintiva de corto plazo de derechos municipales por servicio de extracción de residuos domiciliarios, respecto del inmueble ubicado en calle Nueva Uno N°4000, departamento 501, del edificio L, que corresponde a la unidad 291, del condominio Los Pioneros, San Pedro del Mar, comuna de San Pedro de la Paz, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de San Pedro de la Paz del año 2007 a fojas 4912 bajo el número 3000, respecto de los periodos 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, equivalentes a la suma total de $1.400.083 pesos ( un millón cuatrocientos mil ochenta y tres pesos). Funda la demanda señalando que es dueño del inmueble ubicado en calle Nueva Uno N°4000, departamento 501, del edificio L, que corresponde a la unidad 291, del condominio Los Pioneros, San Pedro del Mar, comuna de San Pedro de la Paz, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de San Pedro de la Paz del año 2007 a fojas 4912 bajo el número 3000. Indica que respecto de aquel inmueble existe una deuda por concepto de extracción de derechos de basura con la Municipalidad demandada, por los períodos 2006, 2007, 2008, 20

Fundamentos

considerando: 1°.- Que, comparece don Daniel Eduardo Pino Pino, quien deduce demanda de prescripción extintiva en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad De San Pedro De La Paz, persona jurídica de derecho público, , representada legalmente por su alcalde, don Javier Enrique Guiñez Castro, o por quien lo reemplace o subrogue legamente, solicitando que se declare la prescripción extintiva de corto plazo de derechos municipales por Código: GCZBXEWXZXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 servicio de extracción de residuos domiciliarios, respecto del inmueble ubicado en calle Nueva Uno N°4000, departamento 501, del edificio L, que corresponde a la unidad 291, del condominio Los Pioneros, San Pedro del Mar, comuna de San Pedro de la Paz, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de San Pedro de la Paz del año 2007 a fojas 4912 bajo el número 3000, respecto de los periodos 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, equivalentes a la suma total de $1.400.083 pesos ( un millón cuatrocientos mil ochenta y tres pesos). En subsidio, solicita se declaren prescritas las acciones de cobro por servicios de extracción de basura por prescripción extintiva de largo tiempo de 5 años, respecto de los períodos 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, que alcanzan el monto de $1.261.876, más los intereses, reajustes y multas. 2°.- Que, comparece doña Vianett Cortés Mora, abogada, en representación de la Municipalidad de San Pedro de la Paz, quien viene en contestar la demanda, solicitando que se resuelva conforme al mérito del proceso la procedencia o no de la prescripción extintiva alegada, sin costas por no existir oposición de su parte si se configuran los presupuestos legales para que la acción entablada sea procedente. 3°.- Que, la parte demandante con la finalidad de acreditar los fundamentos de hecho de su pretensión, ha rendido prueba documental acompañando con citación y sin que fueren objetados por la parte contraria, los siguientes documentos: A folio 1: - Certificado de Deuda Derechos de Aseo vigente, de fecha 28 de Diciembre de 202, emitido por la Dirección de administración y finanzas de la I. Municipalidad de San Pedro de la Paz. - Certificado de Dominio Vigente del registro de propiedad del conservador de bienes raíces de San Pedro de la Paz, emitido con fecha 18 de Febrero del año 2022. 4°.- Que, por su parte, la demandada no rindió prueba alguna. 5°.- Que, el artículo 7 del Decreto Ley 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, y el Decreto 2.385 de 1996, señala que: “Las municipalidades cobrarán una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podrá ser diferenciada según los criterios señalados en el artículo anterior, se cobrará por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo", a su

Fallo

por tanto, para estar ante una acción imprescriptible, es menester que el legislador así lo señale expresamente. En la especie, la acción de cobro de la demandada es prescriptible, toda vez que no existe norma legal expresa que declare su imprescriptibilidad. 9°. Que, en cuanto al plazo de prescripción, es menester tener presente que el artículo 2514 del Código Civil, establece que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo, desde que la obligación se haya hecho exigible. A su vez, el artículo 2515 inciso primero del Código Civil, señala que, “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias”. Código: GCZBXEWXZXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 10°. Que, mediante la demanda principal de autos, se persigue que se declare la prescripción extintiva de corto tiempo de la acción de cobro de deudas de derechos aseo domiciliario cuyos vencimientos acaecieron entre los periodos comprendidos entre los períodos 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, por la suma de equivalente a la suma de $1.400.083 pesos. Así las cosas, no consta en autos que la parte demandada hubiese interrumpido, en la forma que prescribe la ley, el plazo de prescripción antes señalado. 11°. Que, en cuanto a

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-1077-2022 CARATULADO : PINO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ Concepci nó , cuatro de Marzo de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 comparece don Daniel Eduardo Pino Pino, chileno, casado, cédula nacional de identidad número 12.968.254-K, domiciliado en calle Valencia

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