30º Juzgado Civil de Santiago

BENAVENTE/

Rol

V-265-2022

Fecha

4 de marzo de 2023

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 30 de septiembre de 2022 comparece don Alejandro Mauricio Benavente Seeger, chileno, cédula de identidad 5.580.879-1, Dibujante Gráfico, domiciliado en Toltecas N° 8791 de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien solicita se declare el extravío de documento consistente en Depósito a Plazo N°506810006465 del Banco Scotiabank por un valor inicial de $2.334.767, monto que a la fecha 12 de septiembre de 2022 asciende a la suma de $ 4.047.750.-, perteneciente a su madre, doña Helga Elisa de las Mercedes Seeger Luer, cédula de identidad 2.328.734-K. Señala que el documento bancario antes individualizado se extravió y a la fecha su madre, doña Helga Elisa de las Mercedes Seeger Luer, se encuentra fallecida con fecha 25 de marzo del año 2019. Agrega que en su calidad de heredero que acreditó con certificado de posesión efectiva, concedida por el Director Regional, Región Metropolitana de Santiago, del Servicio de Registro Civil e Identificación, Chile, oficina Vitacura, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta Número 36157, de fecha 6 de mayo de 2019, requiere que se declare el extravío del depósito a plazo para efectos de hacer el cobro ante el Banco Scotiabank de los dineros que pertenecieron a su madre ya fallecida. Explica que es por lo anteriormente señalado que solicita se declare por sentencia judicial que el Depósito a Plazo N° 506810006465 del Banco Scotiabank perteneciente a doña Helga Código: XWGTXEEFFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Elisa de las Mercedes Seeger Luer, cédula de identidad 2.328.734-K, se encuentra extraviado y debe ser pagado por el Banco Scotiabank a sus herederos, notificando a la institución bancaria al efecto. En cuanto a los argumentos de Derecho alega que conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 18.552 de 20 de septiembre de 1986, las normas de párrafo 9° del Título I de la Ley N° 18.092, sobre Letra

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 30 de septiembre de 2022 comparece don Alejandro Mauricio Benavente Seeger, quien solicita se declare el extravío del depósito a plazo que individualiza, en razón de los argumentos esgrimidos en la parte expositiva de la sentencia. Código: XWGTXEEFFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que con fecha 23 de noviembre de 2022 se notificó personalmente a don Salvador Said Somavia en representación legal de Banco Scotiabank S.A, quien no compareció dentro del término de quinto día oponiéndose a la solicitud de autos. TERCERO: Que a folio 9 consta la publicación legal efectuada en el Diario Oficial, de fecha 15 de noviembre de 2022, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 18.092; y certificándose el 13 de enero de 2023 que dentro del plazo legal no comparecieron terceros deduciendo oposición a la solicitud de declaración de extravío. CUARTO: Que el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.552, dispone que en los casos de extravío, pérdida o deterioro parcial de los títulos de créditos emitidos con la cláusula a la orden, en favor de, a disposición de una u otras equivalentes, cualesquiera fuere la denominación con que se designare a dichos instrumentos, se procederá en la forma establecida en el párrafo 9° del Título I de la Ley N° 18.092, sin perjuicio de reglas especiales, establecidas en otras leyes para los casos señalados. QUINTO: Que el artículo 88 de la Ley N° 18.092, establece: “El portador de una letra extraviada podrá solicitar que se declare el extravío de ésta y que se le autorice para ejercer los derechos que le correspondan como portador del documento. Será tribunal competente para conocer de esta gestión el Juez de Letras en lo Civil de turno del domicilio del peticionario. La solicitud deberá indicar los elementos necesarios para identificar la letra.” Por otra parte, el artículo 92 de la misma ley señala que: “La resolución del tribunal que acoja la solicitud, contendrá la individualización de la letra. Una copia autorizada de esa resolución reemplazará el documento extraviado para los efectos de requerir la aceptación o el pago. El reemplazo de la letra por la resolución a que se refiere el inciso anterior, no impedirá a los obligados oponer al cobro las excepciones o defensas que habría podido hacer valer en relación con el documento extraviado”. Código: XWGTXEEFFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEXTO: Que habiéndose cumplido con todos los trámites establecidos por la Ley N° 18.092 en su párrafo 9°, artículos 88 a 97; y sin haber mediado oposición de parte del ente emisor del documento, se accederá a lo pedido en la forma que se indicará. Que

Fallo

se declara el extravío del documento consistente en Depósito a Plazo N°506810006465 del Banco Scotiabank por un valor inicial de $2.334.767, monto que a la fecha 12 de septiembre de 2022 asciende a la suma de $ 4.047.750.-, perteneciente a doña Helga Elisa de las Mercedes Seeger Luer, cédula de identidad 2.328.734-K. Se faculta al peticionario para solicitar el otorgamiento de nuevos documentos, quedando nulos y sin valor los documentos extraviados y para ejercer los derechos que le correspondan sirviendo al efecto una copia de la sentencia, debidamente ejecutoriada. Rol V-265-2022.- Pronunciada por don Francisco Javier Schwalm Davis, Juez Subrogante del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Marzo de dos mil veintitr sé Código: XWGTXEEFFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: XWGTXEEFFXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-04T11:12:56-0300

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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-265-2022 CARATULADO : BENAVENTE/ Santiago, cuatro de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 30 de septiembre de 2022 comparece don Alejandro Mauricio Benavente Seeger, chileno, cédula de identidad 5.580.879-1, Dibujante Gráfico, domiciliado en Toltecas N° 8791 de la comuna de La

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