Juzgado de Letras de La Ligua

COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/

Rol

V-290-2021

Fecha

3 de marzo de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 8.625.311-9, en representación de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, empresa chilena del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 78.860.780-6, ambos domiciliados en paseo Huérfanos N° 1270, piso N° 10, comuna de Santiago, Región Metropolitana; presentó con fecha 12 de agosto de 2021, a las 09:34:26 horas, solicitud de manifestación minera denominada “ROCINI E 1, 1 AL 10”, a favor de su representada, en uso del derecho que le confiere el artículo 41 inciso segundo y 44 Nº 5 del Código de Minería por ser su representada titular de la concesión de exploración denominada “ROCINI E 1”, cuyo pedimento minero fue presentado ante el Juzgado de Letras de La Ligua con fecha 13 de junio de 2019, inscrito a fojas 143 vuelta N° 97, del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Ligua correspondiente al año 2019; y sentencia constitutiva dictada con fecha 11 de diciembre de 2019, inscrita a fojas 109 N° 59, del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Ligua correspondiente al año 2020; la que se ordenó inscribir y publicar mediante resolución de fecha 13 de agosto de 2021, y en la cual solicita se constituya a favor de su representada la concesión de explotación ya referida y que se le conceda diez (10) pertenencias de diez (10) hectáreas cada una, que conforman un cuadrado cuyos lados orientados en el sentido Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y en el sentido Este-Oeste U.T.M. 1.000 metros, comprendiendo una superficie total de cien (100) hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. del punto de interés en la manifestación son Norte: 6.429.500,00 metros y Este: 364.500,00 metros, ubicadas en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Región de Valparaíso; y teniéndose, en consecuencia, como fecha de presentación de la solicitud de manifestación minera el 13 de junio de 2019, esto es, la fecha de

Fallo

FALLO : 07 DE FEBRERO DE 2023. La Ligua, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 8.625.311-9, en representación de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, empresa chilena del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 78.860.780-6, ambos domiciliados en paseo Huérfanos N° 1270, piso N° 10, comuna de Santiago, Región Metropolitana; presentó con fecha 12 de agosto de 2021, a las 09:34:26 horas, solicitud de manifestación minera denominada “ROCINI E 1, 1 AL 10”, a favor de su representada, en uso del derecho que le confiere el artículo 41 inciso segundo y 44 Nº 5 del Código de Minería por ser su representada titular de la concesión de exploración denominada “ROCINI E 1”, cuyo pedimento minero fue presentado ante el Juzgado de Letras de La Ligua con fecha 13 de junio de 2019, inscrito a fojas 143 vuelta N° 97, del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Ligua correspondiente al año 2019; y sentencia constitutiva dictada con fecha 11 de diciembre de 2019, inscrita a fojas 109 N° 59, del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Ligua correspondiente al año 2020; la que se ordenó inscribir y publicar mediante resolución de fecha 13 de agosto de 2021, y en la cual solicita se constituya a favor de su representada la concesión de explotación ya referida y que se le conceda diez (10) pertenencias de d

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL. NEGOCIO : VOLUNTARIO. MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA. NOMBRE : "ROCINI E 1, 1 AL 10”. SOLICITANTE : COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES. ROL : V-290-2021. CÓDIGO : M01M. FECHA INICIO : 12 DE AGOSTO DE 2021. FECHA PARA FALLO : 07 DE FEBRERO DE 2023. La Ligua, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casad

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