GARCES/
Rol
V-172-2022
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 05 de octubre de 2022 se presenta don ANDRÉS ALEJANDRO ZAGAL CAMPOS, Abogado, domiciliado en calle 1 Poniente N°1611, de Talca, en representación de doña FELIDA DEL CARMEN GARCÉS, pensionada, cédula nacional de identidad N°3.782.324-4, domiciliada en Población José Ignacio Cienfuegos, calle 22 Sur, 9 y 10 Oriente N°1583, de la ciudad de Talca, quien viene en solicitar a través de este procedimiento especial, se declare el estado de posesión notoria de hija de doña FELIDA DEL CARMEN GARCES, respecto de la madre doña IDA GARCÉS MEDINA también conocida como ILDA GARCÉS MEDINA, cédula de identidad número 509.742-8, sobre la base de los siguientes argumentos de hecho y de derecho, que a continuación expone: I LOS HECHOS: 1.-Que, tal como consta en certificado de nacimiento, de la circunscripción Los Laureles, número de inscripción 261 del año 1936, su representada figura como hija de IDA GARCÉS.- 2.-Asimismo se acredita con el certificado respectivo que doña IDA GARCÉS falleció el día 18 de Octubre de 2001 3.-Que, tal como consta en certificado de nacimiento, precedentemente citado la madre de su representada aparece registrada bajo el nombre de ILDA GARCÉS MEDINA.- 4.-Que, tal como consta en libreta de familia UGARTE GARCÉS, la madre de mi representada contrajo matrimonio con RAMÓN ÁNGEL UGARTE BARRÍA, apareciendo en dicho registro como IDA GARCÉS MEDINA.- 5.-Que, por muchos años la madre de mi representada fue conocida como IDA GARCÉS MEDINA, tanto por vecinos, amigos e Código: SHBBXESXZZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inclusive familiares.- 6.-Que, durante todos estos años mi representada ha sido conocida como hija de doña IDA GARCÉS MEDINA, tanto por su entorno social como por el de su madre.- 7.- Que, no obstante todas las consideraciones precedentemente expuestas, no se le permitió figurar en el informe de inscripción de posesión efectiva inscrita bajo el número 17910 del año
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que tal como ha quedado relacionado en la parte expositiva de este fallo, la interesada impetra la declaración judicial de posesión notoria de estado civil de hija y que se declare “…en Código: SHBBXESXZZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl definitiva que doña FELIDA DEL CARMEN GARCES, es hija de doña IDA GARCÉS MEDINA también conocida como ILDA GARCES MEDINA, ordenando en definitiva la sub-inscripción en la partida de nacimiento de su representada con la consignación del nombre de su madre como IDA o ILDA”. SEGUNDO: Que son hechos establecidos en el presente acto judicial no contencioso, los siguientes: 1.-) Que Ilda Garcés Medina nació el 10 de julio de 1919 y falleció el 18 de octubre de 2001. 2.-) Que Felida Del Carmen Garcés, nació el 02 de septiembre de 1936. 3.-) Que, por sentencia de 25 de febrero de 2016, recaída en causa Rol V-192-2015 del Segundo Juzgado Civil de Talca, sobre perpetua memoria, se determinó que IDA GARCÉS MEDINA era también conocida como ILDA GARCÉS MEDINA. 4.-) Que, según el Registro Nacional de Posesiones Efectivas, son herederos de Ida Garcés Medina, Carlos Florencio, María Elisa, Hernán Cardenio, Ida Ninfa, Julio Ramón, Víctor Américo, Enrique Eleodoro y Pablo Arturo, todos Ugarte Garcés, como consta de Resolución Exenta N°1815 del Director Regional Región del Maule, del Servicio de Registro Civil e Identificación, circunscripción Talca, publicada el 15 de abril de 2011. TERCERO: Que, el artículo 33 del Estatuto de Bello, previene que “ Tienen el estado civil de hijos respecto de una persona aquellos cuya filiación se encuentra determinada, de conformidad a las reglas previstas por el Título VII del Libro Primero de este Código. La ley considera iguales a todos los hijos”. CUARTO: Que, atendido lo expuesto en el libelo que nos ocupa, en el cual se solicita se declare que la peticionaria es hija de Ida o Ilda Garcés Medina, dable es concluir que estamos en presencia de una materia propia de determinación de la maternidad, en general y, de determinación de filiación no matrimonial, en particular. Código: SHBBXESXZZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, la determinación de la maternidad, en aquellos casos en que no se encuentra discernida por parto, debe serlo en alguna de las formas que prescribe el artículo 183 inciso 2° del Código Civil, que reza “En los demás casos la maternidad se determina por reconocimiento o por sentencia firme en juicio de filiación, según lo disponen los artículos siguientes”, norma que guarda correspondencia y armonía, con lo prevenido en el artículo 186, el cual señala que “ La filiación no matrimonial queda determinada legalmente por el reconocimiento de uno de sus progenitores o de ambos, o por sentencia firme en juicio de filiación”. SEXTO: Que, de las normas trascritas, unido a lo dispuesto en los artículos 1603 i
Fallo
En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 200, 309 y 310 del Código Civil y demás normas legales pertinentes, RUEGO A S.S., se sirva tener por presentada solicitud de declaración judicial de Posesión Notoria de estado Civil de Hija, acogerla a tramitación y previos los trámites de rigor, declarar en definitiva que doña FELIDA DEL CARMEN GARCES, es hija de doña IDA GARCÉS MEDINA también conocida como ILDA GARCÉS MEDINA, ordenando en definitiva la sub-inscripción en la partida de nacimiento de mi representada con la consignación del nombre de su madre como IDA o ILDA.- Con fecha 5 de octubre de 2022 la parte solicitante acompaño documentos como libreta de familia, copia de inscripción de nacimiento, certificados de nacimientos, defunción, informe de inscripción en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas, copia informe de inscripción y copia de inscripción de nacimiento y mandato Judicial. Se trajeron los autos para resolver. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que tal como ha quedado relacionado en la parte expositiva de este fallo, la interesada impetra la declaración judicial de posesión notoria de estado civil de hija y que se declare “…en Código: SHBBXESXZZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl definitiva que doña FELIDA DEL CARMEN GARCES, es hija de doña IDA GARCÉS MEDINA también conocida como ILDA GARCES MEDINA, ordenando en definitiva la sub-inscripción en la partida de nacimie
Texto Completo (Preview)
FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-172-2022 CARATULADO : GARCES/ Talca, tres de marzo de dos mil veintitrés.- VISTOS: Con fecha 05 de octubre de 2022 se presenta don ANDRÉS ALEJANDRO ZAGAL CAMPOS, Abogado, domiciliado en calle 1 Poniente N°1611, de Talca, en representación de doña FELIDA DEL CARMEN GARCÉS, pensionada, cédula naciona
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