2º Juzgado de Letras de Copiapó

CERDA/I.MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ

Rol

C-125-2023

Fecha

3 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, el 16 de enero del presente año, comparece doña OMAR RAMIRO CERDA ARDILES, cédula nacional de identidad N° 15.030.397-4, obrero, soltero, domiciliado en Avenida Los Loros N° 1200, de esta ciudad, quien deduce demanda en juicio ordinario declarativo de menor cuantía de prescripción extintiva, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ, persona jurídica de Derecho Público, Rut N° 69.030.200-4, representada legalmente por su Alcalde, don Marcos López Rivera, cédula de identidad N° 7.069.673-5, ambos domiciliados en calle Chacabuco N° 857, de esta ciudad. Sostiene que es dueño del vehículo Station Wagon, Placa Patente YD- 9262-0, marca Mitsubishi, modelo Montero Sport GL, color plateado gris, número de motor 6G72-RK0085, año 2005, respecto del cual se encuentran pendientes de pago los permisos de circulación por el período comprendido entre los años 2015 y 2020, ambos inclusive, adeudando la suma $ 729.623.-, a favor de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, por el cobro de permiso de circulación vehicular por el período que señala. Afirma que las deudas aludidas se encuentran prescritas, y conforme lo Código: YXPXXETTWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl prescrito en los artículos 2521, 2492 y siguientes del Código Civil, solicita que se declaren prescritas las acciones de cobro de la deuda de permisos de circulación impagos correspondiente a los años 2015 y 2020, ambas inclusive, respecto del vehículo de su propiedad, placa patente YD-9262-0, por haber transcurrido con exceso el plazo de tres años para ejercer las acciones de cobro por la suma correspondiente a cada permiso de circulación. A folio 7, consta que con fecha 26 de enero del presente año, se procedió a notificar la demanda conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, a don Marco López Rivera, en su calidad de Alcalde y representante legal de la Ilustre Municipalidad de Copiapó. A folio 8, comparece

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A lo principal de folio 1, comparece don Omar Ramiro Cerda Ardiles, quien deduce demanda en juicio ordinario declarativo de menor cuantía de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, representada legalmente por su Alcalde, don Marcos López Rivera, todos ya individualizados, y solicita que se declare prescrita la acción de cobro de la deuda que emane o pudiere emanar de permisos de circulación impagos del vehículo Station Wagon, Placa Patente YD-9262-0, marca Mitsubishi, modelo Montero Sport GL, color plateado gris, número de motor 6G72-RK0085, año 2005, correspondientes al período comprendido entre los años 2015 y 2020, ambos Código: YXPXXETTWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inclusive, por los motivos relatados en lo expositivo que en esta parte se tienen por reproducidos. SEGUNDO: La parte demandada procedió a allanarse a la acción deducida. TERCERO: Con el fin de acreditar su pretensión, la actora acompañó conjuntamente con la demanda los siguientes documentos: 1.- Copia de Certificado de Inscripción del vehículo de su propiedad, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, folio Nº 500487483788, de fecha 14 de enero del año en curso; y, 2.- Ficha de Vehículo con deuda pendiente por concepto de permiso de circulación vehicular, emitido por la Dirección de Tránsito y Transporte Público – departamento de Permisos de Circulación de Copiapó, con fecha 24 de enero del año 2022. CUARTO: Previo a la resolución del asunto controvertido, es necesario dejar establecido que las prescripciones de corto tiempo de tres años contempladas en el inciso primero del artículo 2521 del Código Civil, se aplican a favor o en contra de las municipalidades, en toda clase de impuestos. A su turno, en el título IV del D.L. Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales denominado de los “Impuestos Municipales”, específicamente en el artículo 23 dispone que: “El ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal, con arreglo a las disposiciones de la presente ley”; y en su artículo 12, se establece el impuesto anual por permiso de circulación. QUINTO: Que, asentado lo anterior, se debe concluir que la prescripción de corto tiempo prevista en el artículo 2521 del Código Civil, resulta aplicable en Código: YXPXXETTWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la especie al pago de los derechos de patentes municipales y de permiso de circulación, por tratarse de impuestos municipales como quedó establecido en el motivo precedente. SEXTO: Apreciado el Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes y la ficha del vehículo, agregados a la causa, de conformidad al artículo 342 del Código de Procedimiento Civi

Fallo

SE DECLARA: I.- SE ACOGE la demanda de folio 1, y en consecuencia se declaran prescritas las acciones de cobro por los permisos de circulación correspondiente a los años 2015 y 2020, respecto del vehículo propiedad de la actora, Placa Código: YXPXXETTWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Patente YD-9262-0. II.- Que, no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la demanda en todas sus partes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña MARÍA TERESA MARABOLÍ VERGARA, Jueza Titular del Segundo Juzgado Civil de Copiapó. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, tres de marzo de dos mil veintitrés. Código: YXPXXETTWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-03T09:22:45-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : C-125-2023 CARATULADO : CERDA/I.MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ Copiapó, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1, el 16 de enero del presente año, comparece doña OMAR RAMIRO CERDA ARDILES, cédula nacional de identidad N° 15.030.397-4, obrero, soltero, domiciliado en Avenida Los Loros N° 1200, de esta ciu

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