SALINAS/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-12594-2022
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 03 de noviembre de 2022, comparece doña Cecilia Esperanza Salinas Santibáñez, cuidadora de enfermos, con domicilio en calle Marco Antonio 16614, comuna de Maipú; quien interpone demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en avenida Cinco de Abril 260, Maipú, Santiago. Afirma, que es residente y dueña del inmueble ubicado en calle Marco Antonio 16614, comuna de Maipú. Expone que respecto de esta propiedad, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de noviembre de 2008 al 30 de noviembre de 2021, según consta en documento denominado “certificado de deuda derechos de aseo”. Agrega, que en dicho documento, consta que existe un período de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de noviembre de 2008 al 30 de septiembre de 2017, respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Hace presente, que el artículo 2515 del Código Civil, señala que “Este tiempo es en general de tres años para la acción ejecutiva y de cinco para las ordinarias. La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres años, y convertida en ordinaria durará solamente otros dos”. Sostiene, que en virtud de los antecedentes señalados, es procedente, que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre desde el 30 de noviembre de 2008 al 30 de septiembre de 2017, ascendentes a la suma de $841.015. Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12594-2022 Foja: 1 Previa invocación de dispo
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, para acreditar sus dichos, la demandante acompañó en autos las siguientes probanzas: Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12594-2022 Foja: 1 1.- Copia del certificado de dominio vigente inscrito a fojas 84316, número 128116, del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. 2.- Certificado de Estado de cuenta de aseo domiciliario. 3.- Certificado de avalúo fiscal. 4.- Certificado de residencia. SEGUNDO: Que, por su parte el demandado no rindió prueba alguna. TERCERO: Que, el artículo 2492 del Código Civil, indica que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales. Por su parte, el artículo 2514 de la señalada compilación legal, agrega que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones y que se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. A su turno, el artículo 2493 de la referida recopilación, establece que el que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla. CUARTO: Que, en lo referente a declarar la prescripción de los derechos de aseo domiciliarios, cabe tener presente que conforme a los artículos 5 y 6 del Decreto Ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales, se estima que la obligación de cuya prescripción se trata corresponde a la renta producida por un servicio público municipal (el de extracción de residuos sólidos domiciliarios), de modo que para dicha obligación no resulta aplicable, en la especie, el plazo prescrito en el artículo 2521 del Código Civil, pues no se trata de ninguna clase de impuestos. A mayor abundamiento, es el mismo Decreto Ley N°3063 el que hace una clara diferenciación entre impuesto y derecho, al establecer un título completo relativo a la regulación de los impuestos municipales -correspondiente al Título IV y otro a los recursos municipales -Título VII-, entre los cuales se encuentran los derechos de aseo, normativa que los define, en su artículo 40, como la prestación que están obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jurídicas, sean éstas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local un servicio de las mismas. Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12594-2022 Foja: 1 Así las cosas, no estimando esta sentenciadora que los derechos municipales sean impuestos, cabe concluir que el término de prescripción que ha de ser considerado para resolver si la obligación de pago de derechos de aseo es el previsto en el artículo 2515 del cuerpo legal citado, esto es, cinco años. QUINTO: Que, atendida la naturaleza jurídica de las cuestiones debatidas
Fallo
SE DECLARA: I.- Se acoge la demanda, declarándose prescritos los derechos de aseo, por el período comprendido y vencido entre el 30 de noviembre del 2008, al 30 de septiembre de 2017, que asciende a la suma de $841.015, más intereses reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Calle Marco Antonio 16614, comuna de Maipú. Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12594-2022 Foja: 1 II.- Que cada parte pagará sus costas. C-12594-2022. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA GABRIELA SILVA HERRERA, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Marzo de dos mil veintitr sé Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12594-2022 Foja: 1 Código: KTJXXENLLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-03T10:57:40-0300
Texto Completo (Preview)
C-12594-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12594-2022 CARATULADO : SALINAS/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, tres de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, con fecha 03 de noviembre de 2022, comparece doña Cecilia Esperanza Salinas Santibáñez, cuidadora de enfermos, con domicilio en calle Marco Antonio 16614, comuna de Maipú
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