1º Juzgado de Letras de Osorno

SALDIVIA/

Rol

V-171-2022

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: CAROLA ANDREA RIVERO CANALES, RUN 15.321.390-9, abogada, en representación de doña BLANCA INÉS SALDIVIA GUALA, chilena, dueña de casa, divorciada, cédula nacional de identidad N° 12.752.120-4, con domicilio en Corral del Sur, sector Rural Puyehue, Región de Los Lagos, en su calidad de Curadora, y en representación de su hijo, don BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA, RUN 20.524.200-7, chileno, soltero, sin profesión u oficio, de su mismo domicilio, solicitó autorización para provocar la partición del inmueble en que es copropietario don BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA. Consta de la inscripción conservatoria que acompaño en el numeral 1 del Primer Otrosí de esta presentación, que por sentencia de fecha 4 de Agosto de 2021, en causa Rol V-70-2021 del Primer Juzgado Civil de Osorno, se declaró la interdicción definitiva por causa de demencia de don BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA, designándose como curadora a su madre doña BLANCA INÉS SALDIVIA GUALA. El inmueble en cuestión, es el compuesto por el Sitio y vivienda ubicada en la ciudad de Osorno, calle Madrid N°1955, y que corresponde al Lote 10 de la manzana 51 del plano de loteo de la Población “Quinto Centenario”, el cual se rola inscrito a fojas 5168 vuelta N°4674 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno.- Rol de avalúo fiscal N° 2311-10. Don BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA, adquirió derechos en este inmueble por sucesión por causa de muerte tras el fallecimiento de su padre don JUSTINO ARNALDO IMILMAQUI IÑIL, RUN 8.563.845-9, acaecido el 29 Agosto de 2005. Además de Bruno Nicolás Imilmaqui Saldivia, existe otro miembro de la comunidad hereditaria: doña Cecilia del Carmen Queutre Ñanco, cédula nacional de identidad número 11.709.012-4, quien a la muerte de don Justino Arnaldo Imilmaqui Iñil, ha sido la única en hacer uso en forma exclusiva del inmueble singularizado precedentemente, como si le perteneciera en su totalidad, esto lo realiza desde el fallecimiento del pad

Fundamentos

CONSIDERANDO: De los antecedentes emana que BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA fue declarado interdicto por demencia; que BLANCA INÉS SALDIVIA GUALA es su Curadora General; que dicho interdicto, junto Código: WFKWXEBYXHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » a Cecilia del Carmen Queutre Ñanco, son dueños del inmueble compuesto de sitio y vivienda, ubicado en la comuna y provincia de Osorno, calle Madrid N° 1.955, inscrito a fs. 5.168 vta. N° 4.674 del Registro de Propiedad de 2.005 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno; que lo adquirieron por herencia quedada al fallecimiento de Justino Arnaldo Imilmaqui Iñil; y que, además, el Defensor Público manifestó opinión de autorizar a la solicitante para provocar la partición de ese inmueble. Y VISTO ADEMÁS los artículos 390, 391, 396, 582 y 1.322 del Código Civil; y 817, 818, 819 y 891 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

POR TANTO, En Virtud de lo expuesto, y normas legales citadas, RUEGO A US., acceder a lo solicitado procediendo a autorizar la provocación de partición referente a los derechos de don BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA, en el inmueble compuesto por el Sitio y vivienda ubicada en la ciudad de Osorno, calle Madrid N°1955, y que corresponde al Lote 10 de la manzana 51 del plano de loteo de la Población “Quinto Centenario”, el cual se rola inscrito a fojas 5168 vuelta N°4674 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, Rol de avalúo fiscal N° 2311-10. La solicitante acompañó los siguientes antecedentes: 1) Inscripción de interdicción practicada a fs. 452 N° 391 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de 2.022 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. 2) Certificado de nacimiento de BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA, RUN 20.524.200-7, inscripción N° 1.544, Registro S del año 2.000, de la Circunscripción de Osorno; nombre del padre: Justino Arnaldo Imilmaqui Iñil; nombre de la madre: Blanca Inés Saldivia Guala; emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 3) Inscripción de herencia practicada a fs. 5.168 vta. N° 4.674 del Registro de Propiedad de 2.005 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno; a nombre de Cecilia del Carmen Queutre Ñanco y BRUNO NICOLÁS IMILMAQUI SALDIVIA; sobre el inmueble ubicado en Osorno, calle Madrid 1.955. El Defensor Público evacuó informe legal y concluyó “De consiguiente, en la forma relacion

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RIT« » NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Osornoº CAUSA ROL : V-171-2022 CARATULADO : SALDIVIA/ Osorno, dos de Marzo de dos mil veintitr s.é VISTOS: CAROLA ANDREA RIVERO CANALES, RUN 15.321.390-9, abogada, en representación de doña BLANCA INÉS SALDIVIA GUALA, chilena, dueña de casa, divorciada, cédula nacional de identidad N° 12.752.120-4, con domicilio en Corral del

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