29º Juzgado Civil de Santiago

PELÁEZ/MUÑOZ

Rol

C-2324-2022

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Respecto de la demanda ejecutiva: En folio 1, mediante presentación de 22 de mayo de 2022, comparece don Herman Pelaez Ibarra, abogado, en representación de H y G Ingeniería SpA., persona jurídica del giro de Servicios de Mantención y Reparación de Maquinarias, asesorías de ingeniería, representada legalmente por don Fernando Pelaez Báez, factor de comercio, todos domiciliados para estos efectos, en Miraflores N° 590 oficina 7 Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Mine Service INC SpA., persona jurídica del giro –según indica- de su denominación, representada legalmente por don Pedro Omar Muñoz Jorquera, ignora profesión, ambos domiciliados en Camino La Estera N° 791, sitio 3ª, Parque Industrial Valle Grande, a fin que en definitiva se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de la demandada y se ordene seguir adelante la ejecución hasta que haga entero y cumplido pago de su acreencia, por la suma de $3.742.267, más reajustes, intereses y costas. Funda su acción en que consta en autos que se ha configurado, titulo ejecutivo para proceder al cobro de la deuda que la demandada mantiene con su representada por la suma de $3.742.267, más intereses, reajustes y costas, ya que notificada judicialmente de acuerdo a la Ley N° 19.983, se dio por preparada la vía ejecutiva de acuerdo al artículo 435 del Código de Procedimiento Civil. Respecto de la notificación de la demanda y requerimiento de pago: En folio 9 del cuaderno principal, se tuvo por notificada y requerida de pago a la demandada, Mine Service Inc. SpA, con fecha 8 de julio de 2022. Respecto de las excepciones opuestas: En folio 8 del cuaderno principal, con fecha 8 de julio de 2022, compareció don Felipe Muñoz Jorquera, abogado, domiciliado a estos efectos en Manuel Montt 043, Providencia, correo electrónico para efectos de notificaciones fmjorquera@gmail.com, en representación convencional de Mine Service Inc. SpA, rol único tributario 76.483.549-2, sociedad comercial de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Herman Pelaez Ibarra, en representación de H y G Ingeniería SpA., quien interpone demanda ejecutiva en contra de Mine Service INC SpA., a fin que en definitiva se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra de la demandada y se ordene seguir adelante la ejecución hasta que haga entero y cumplido pago de su acreencia, por la suma de $3.742.267, más reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que, la demandada opuso al procedimiento las excepciones contenidas en los números 7, 9 y 13 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por la leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente sea en relación con el demandado; el pago de la deuda; y la compensación, fundándose en los antecedentes ya referidos en la parte expositiva de este fallo. TERCERO: Que la ejecutante evacuó el traslado conferido a propósito de las excepciones opuestas por el ejecutado, solicitando se rechacen en virtud de las consideraciones de hecho y derecho que expuso, las que fueron detalladas en la primera parte de este fallo. CUARTO: Que el ejecutante, en lo que tiene relevancia para esta litis, acompañó los siguientes documentos: 1. Factura electrónica N° 22 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $229.551. 2. Factura electrónica N° 23 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $229.551. 3. Factura electrónica N° 24 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $101.150. 4. Factura electrónica N° 25 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $389.725. 5. Factura electrónica N° 26 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $542.283 6. Factura electrónica N° 27 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $357.000. 7. Factura electrónica N° 28 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G 8Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $371.518. 8. Factura electrónica N° 29 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $184.450. Código: PTXBXEDRXHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 9. Factura electrónica N° 30 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $76.160. 10. Factura electrónica N° 31 emitida el 11 de octubre de 2021, por H&G Ingeniería SpA., dirigida a Mine Service Inc. SpA., por la suma total de $107.100. 11. Factura electrónica N° 32 emitida el 11 de

Fallo

por tanto, colige que según dispone el artículo 4 la Ley N° 19.983, esta carecería de mérito ejecutivo por no ser actualmente exigible por haber sido anulada. Refuerza tal idea en que, la factura número 33 que en autos también se pretende su cobro es por el mismo monto y glosa. 2. Excepción prevista en el N° 9 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda, fundada en que las facturas números 23 a 33, 35, 36 y 39 cuyo título se invoca, emanan de servicios solicitados por la demandada Mine Services Inc. SpA y que fueron pagados mediante abonos vía transferencia electrónica a don Fernando Peláez Báez, desde que fueron solicitados los servicios mediante ordenes de trabajo u órdenes de compra, que emanaban de forma verbal o escrita por el gerente general de la empresa demandada. El resultado de los abonos o pagos parciales que se realizaron durante los meses de marzo a noviembre del año 2021 a solicitud del demandante al departamento de administración de la empresa, fueron a título de pago de los servicios prestados por el demandante o que prestaría a lo largo del año 2021. Es más, habría sido el mismo representante de la demandada, don Pedro Omar Muñoz Jorquera, quien ha debido exigir la emisión de las facturas que respalden dichos pagos de forma insistente ante la falta de respaldo de dichos pagos; por tanto, pretender posteriormente que estas facturas no han sido pagadas obedece a un ánimo de lucro que no se condice con las contra prestacion

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2324-2022 CARATULADO : PEL EZ/MU OZÁ Ñ Santiago, dos de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Respecto de la demanda ejecutiva: En folio 1, mediante presentación de 22 de mayo de 2022, comparece don Herman Pelaez Ibarra, abogado, en representación de H y G Ingeniería SpA., persona jur

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