Juzgado de Letras y Garantia de Pichilemu

SALESLAND CHILE SPA/GONZÁLEZ

Rol

O-8-2023

Fecha

24 de agosto de 2023

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto entonces con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: que se presentó ante este Juzgado de Letras y el Trabajo de Pichilemu, la demandante SALESLAND CHILE SPA., representada válidamente por su apoderado interponiendo demanda de desafuero maternal, en contra de NATALIA ANDREA GONZÁLEZ SAN MARTÍN, básicamente fundamenta su petición en que ella fue contratada por plazo, se había vencido el plazo en cuestión y que dentro del plazo, ella había avisado de su estado de gravidez. SEGUNDO: Que concluido el debate en la audiencia preparatoria, esta no concurrió a la misma, tampoco concurre a la audiencia de juicio, no ofrece prueba, ni presenta prueba alguna TERCERO: Que en definitiva la controversia radica únicamente en los hechos o circunstancias que plantea la parte demandante, incluso de cita a absolver posiciones a la parte demandada, no compareciendo ésta a la audiencia de juicio, haciéndose efectivos entonces los apercibimientos también. CUARTO: Que en definitiva se va a tener por admitidos los hechos que señala la parte demandante, haciéndose lugar entonces a la demanda en todas sus partes.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente entonces lo dispuesto en las normas respectivas del Código del Trabajo, específicamente el artículo 174, 159 N° 4, entendiendo que se ha cumplido el plazo fijado en el contrato de trabajo y el artículo 201 del mismo cuerpo legal, se decreta entonces: · Que se hace lugar a la demanda de desafuero maternal, dándose lugar a aquello y entendiendo que el contrato de trabajo terminó en la fecha indicada en la demanda, por la causal de vencimiento del plazo convenido en el contrato. · No se condena en costas a la parte demandada, atendida la naturaleza de la demanda interpuesta. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que el fundamento de lo resuelto ha quedado en el registro de audio respectivo. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dirigió don JUAN MANUEL GATICA LIZANA, Juez Titular de Juzgado de Letras y Garantia de Pichilemu. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras y Garantia de Pichilemu, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés.-

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 23/08/2023 RUC 23- 4-0484894-1 RIT O-8-2023 MAGISTRADO JUAN MANUEL GATICA LIZANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Natali Moraga HORA DE INICIO 11:02 HORA DE TERMINO 11:06 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340484894-1-119/230823-00 PARTE DEMANDANTE SALESLAND CHILE SPA. ABOGADO Ignaci

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