Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ALVEAR/ADMINISTRADORAS DE SUPERMERCADOS ESPRESS LTDA.

Rol

M-514-2023

Fecha

23 de agosto de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no Controvertidos: 1. Que, la actora presto servicios, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para la demandada desde el 11 de agosto de 2005 hasta el 24 de marzo de 2023, oportunidad en que la demandada pone término invocando la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, comunicación que cumplió con las formalidades legales. 2. Que, para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, al última remuneración de la actora ascendía a la suma de $789.818.- 3. Que, el aporte patronal al fondo de cesantía, cuya devolución se solicita, asciende a la suma de $1.152.167.- Se Recibe la Causa a Prueba. Los hechos a probar son los siguientes: 1. Efectividad de concurrir en la especie la causal de necesidades de la empresa invocada por la empleadora para poner término al vínculo que la ligaba con la trabajadora, conforme a los hechos expuestos en la carta de despido. 2. Procedencia de la devolución del aporte patronal al fondo de cesantía solicitado por la demandante. Medios de Prueba.- DEMANDADA.- Ofrece, rinde e incorpora: Documental: Tras el ofrecimiento a la contraria y no habiéndose interpuesto objeciones, los documentos son los siguientes. 1. Copia de contrato de trabajo celebrado con fecha 11 de agosto de 2005 celebrado entre doña Mireya Alvear Correa y la antecesora legal mi representada Hipermercado Valparaíso Ltda.; así como también dos anexos de contrato suscritos con fechas 1 de octubre de 2011 y 1 de octubre de 2022. 2. Copia de carta de terminación de contrato de trabajo de fecha 24 de marzo de 2023, con firma de la ex trabajador en señal de recepción. 3. Comprobante de aviso para terminación de contrato de trabajo dado a la Dirección del Trabajo con fecha 27-03-2023. 4. Copia de carta de terminación de contrato de trabajo de doña Guillermina Briones Villareal de fecha 31-03-2023. 5. Publicación de prensa “Por comodidad y rapidez las compras a supermercado se trasladan a las aplicaci

Fundamentos

CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160, 168, 446 al 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por doña MIREYA DE LAS MERCEDES ALVEAR CORREA, cédula nacional de identidad N° 12.849.995-4n contra de su ex empleadora ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LTDA, Rut 76.134.946-5, representada legalmente por don Mauricio Ignacio Sepúlveda Zamora, cédula nacional de identidad N° 17.480.074-K, todos ya individualizados, declarando que el despido de la demandante, fundado en la causal de necesidades de la empresa, resulta improcedente y, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Al incremento del 30% respecto de la indemnización por años de servicios, ascendente a la suma de $2.606.399.- b. A la devolución del monto descontado de manera improcedente, atento lo resuelto en esta causa, en la indemnización por años de servicios por concepto de aporte patronal al fondo de cesantía, ascendente a la suma de $1.152.167.- II. Que, la cantidad otorgada en la letra a se reajustará y generará los intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo, en tanto que respecto de la otorgada en la letra b en la forma prevista en el artículo 63 del mismo cuerpo legal. III. Que, se condena en costas a la demandada, las que se fijan prudencialmente en un 20% de las sumas ordenadas pagar. Regístrese y Archívese, en su oportunidad. RIT: M- 514 - 2023 RUC: 23-4-0483676-5 Dictada y not

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Valparaíso, miércoles, 23 de agosto de 2023 RUC 23-4-0483676-5 RIT M- 514 - 2023 MAGISTRADO Eduardo Saldivia Saa ADMINISTRATIVO DE ACTAS Samuel Rojas Díaz HORA DE INICIO 10:48 Horas.- HORA DE TERMINO 15:35 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala N° 2 Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0483676-5-1338 PARTE

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