ARAUZ/NEPHROCARE CHILE S.A.
Rol
O-2802-2023
Fecha
23 de agosto de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Jeannette Alejandra Reitter Cueto, C.I. N°15.458.152-9. 2) Nataly Marioly Ramírez Parra, C.I. N°16.854.351-4. LA PARTE DEMANDANTE INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo Nº1324/2023/3155 de fecha 01 de febrero de 2023. 2) Acta de Comparendo de Conciliación de 03 de marzo de 2023. 3) Anexos de contrato de trabajo de fechas 01 mayo 2016, 01 de septiembre de 2017, y 01 de enero de 2019. 4) Liquidaciones de remuneraciones de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2022. 5) Comprobante de carta aviso correlativo 4718 de fecha 23 de enero 2023 enviado a la inspección del Trabajo por mi empleador. 6) Copia de cheque serie N°990003931-9219616 de la cuenta bancaria de la demandada Banco Scotiabank de fecha 07 de febrero de 2023 y acta de protesto cheque 06 de marzo de 2023 emitido en pago de feriados y remuneración ofertados en comparendo ante la IT. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional: La parte demandante se desiste de la prueba confesional. Testimonial: Declaró el siguiente testigo, quien legalmente juramentado expone sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Cristian Esteban Olea Rubilar, C.I. N°12.889.224-9. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Se deja constancia que el Tribunal no decreta custodia de la prueba documental de ambas partes, bastando su digitalización. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artí
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 160, 162, 168, 172, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, ley 21.530 y demás normas pertinentes, se declara: I. Que, se rechaza la demanda por despido indebido interpuesta por don ROBERTO EDMUNDO ARAUZ ESTRADA en contra de NEPHROCARE CHILE S.A., solo accediendo a la demanda por cobro de prestaciones, ordenando el pago de la suma de $350.523.- por compensación de días de descanso reparatorio ley 21.530. II. Que, el monto indicado deberá ser reajustado y devengará los intereses de conformidad a lo establecido en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo, teniendo presente que la fecha de término de la relación laboral fue el día 23 de enero de 2023. III. Que, no se condena en costas a las partes, estimando que existió motivo plausible para litigar. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. Regístrese, notifíquese en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo. Archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT: O-2802-2023 RUC: 23-4-0476877-8 Sentencia dictada por don Daniel Alejandro Ricardi Mac-Evoy, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 23 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 23-4-0476877-8 RIT O-2802-2023 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:19 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:05 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340476877-8-1349-230823-00 PARTE DEMANDANTE
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica