19º Juzgado Civil de Santiago

PALMA/

Rol

V-82-2022

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 11 de abril de 2022, comparece do a Nicoleñ Palma Santib ez, cedula de identidad N 16.618.218 2, soltera, chilena,áñ ° – educadora diferencial y don Franco Alarc n Ar valo, c dula de identidadó é é N 18.415.556 7, soltero, chileno, constructor, en representaci n de su° – ó hijo menor de edad Miguel ngel Joaqu n Alarc n Palma, c dula deÁ í ó é identidad N 25.336.196 4, todos domiciliados en calle Lebu N 1221,° – ° comuna de Pudahuel, e interponen requerimiento de cambio de nombre en procedimiento voluntario, a fin de que se autorice la eliminaci n de los dosó primeros nombres del menor, Miguel ngel“ Á ” quedando en definitiva su nombre como JOAQU N ALARC N PALMA“ Í Ó ” Se alan al efecto que desde muy peque o su hijo fue reconocidoñ ñ como Joaqu n , por lo cual l creci respondiendo a ese nombre,“ í ” é ó identific ndose el mismo con aquel.á A aden que tanto en el jard n como en su familia es reconocidoñ í como Joaqu n, utilizando ese nombre en todo mbito, por lo cual cuando esí á llamado por sus primeros nombres, no los reconoce y le provoca confusi n.ó Previas citas legales de los art culos 1 , y siguientes de la ley 17.344,í ° solicita acoger su solicitud, ordenando los cambios de nombres y apellidos en los t rminos se alado, y tambi n rectificar la partida de su hijo.é ñ é Segundo: Que el art culo 1 de la ley 17.344, establece el derecho deí ° toda persona a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva partida de nacimiento, salvo en aquellos casos en que se vea afectada su dignidad, o desenvolvimiento en la vida en sociedad, estableciendo los casos espec ficos al efecto.í Código: XHYXXECEXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En el caso de marras se ha impetrado la presente solicitud, al alero de la causal establecida en la letra a) del citado art culo, por afectar la dignidadí de la solicitante, y a la vez, por l

Fundamentos

motivos que preceden, se ha logrado acreditar queñ efectivamente el menor ve afectada su dignidad y normal desenvolvimiento en raz n del uso de sus nombres Miguel ngel pues estos no loó “ Á ” identifican, pues desde muy peque o ha sido llamado Joaqu n, nombre alñ í cual responde y utiliza en sus relaciones de familia y escolares, por lo cual se acceder a lo pedido.á Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 1 y siguientes de la leyá í ° 17.344,

Fallo

se resuelve que: Código: XHYXXECEXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - Que se hace lugar lo solicitado en la demanda de 11 de abril de 2022, debiendo en consecuencia, rectificarse la partida de nacimiento de Miguel ngel Joaqu n Alarc n Palma, nacido con fecha 26 deÁ í ó marzo de 2016, inscripci n de nacimiento N 936, registro S del a oó ° ñ 2016 de la circunscripci n de Santiago, quedando en definitiva comoó JOAQU N ALARC N PALMAÍ Ó , run: 25.336.196 - 4, para todos los efectos legales. Inscr base, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í í Rol V 82 2022 – – Pronunciada por don lvaro Cayuqueo Pichic n, Juez Suplente.Á ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Marzo de dos mil veintitr sé Código: XHYXXECEXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-02T09:55:13-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-82-2022 CARATULADO : PALMA/ Santiago, dos de Marzo de dos mil veintitr sé Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 11 de abril de 2022, comparece do a Nicoleñ Palma Santib ez, cedula de identidad N 16.618.218 2, soltera, chilena,áñ ° – educadora diferencial y don Franco Alarc n Ar valo, c

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