ABARCA/SOCIEDAD MIPROCHILE SPA
Rol
O-3655-2022
Fecha
23 de agosto de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 42, 63, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones por don Marcelo Alejandro Abarca Mora deducida en contra de la Sociedad Miprochile SpA, representada legalmente por doña María Jeannette Swidersky Ortega, declarándose que el despido indirecto del actor es justificado por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte del empleador. II. Se condena a la demandada, la empresa Sociedad Miprochile SpA, a pagar al demandante don Marcelo Alejandro Abarca Mora, lo siguiente: i. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por la suma de $2.838.528. ii. 14,583 días de feriado proporcional por la suma de $1.450.000. iii. Remuneraciones devengadas desde octubre del 2021 hasta el 29 de marzo de 2022 por la suma total de $16.979.331. iv. Se ordena a la demandada pagar al demandante y enterar en los correspondientes organismos previsionales las cotizaciones previsionales del actor en AFP Provida, AFC Chile e Isapre Cruz Blanca de acuerdo a las estimadas adeudadas en el
Fundamentos
considerando: Primero: Que compareció don Marcelo Alejandro Abarca Mora, chileno, empleado, cedula de identidad número 10.555.112-6, con domicilio para estos efectos en calle Santo Domingo N° 520, comuna de Santiago, quien interpuso demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de Sociedad Miprochile SpA, Rol Único Tributario N° 77.184.163-5, representada legalmente por María Jeannette Swidersky Ortega, cedula de identidad N° 11.122.641-5, ambos con domicilio en Camino Renca Lampa 9300 -16 Cond. Aeroparque #B2, comuna de Pudahuel, ciudad de Santiago. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 42, 63, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes,
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones por don Marcelo Alejandro Abarca Mora deducida en contra de la Sociedad Miprochile SpA, representada legalmente por doña María Jeannette Swidersky Ortega, declarándose que el despido indirecto del actor es justificado por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte del empleador. II. Se condena a la demandada, la empresa Sociedad Miprochile SpA, a pagar al demandante don Marcelo Alejandro Abarca Mora, lo siguiente: i. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por la suma de $2.838.528. ii. 14,583 días de feriado proporcional por la suma de $1.450.000. iii. Remuneraciones devengadas desde octubre del 2021 hasta el 29 de marzo de 2022 por la suma total de $16.979.331. iv. Se ordena a la demandada pagar al demandante y enterar en los correspondientes organismos previsionales las cotizaciones previsionales del actor en AFP Provida, AFC Chile e Isapre Cruz Blanca de acuerdo a las estimadas adeudadas en el considerando noveno de esta sentencia y de acuerdo a la remuneración señalada en el considerando catorce o decimocuarto. Además, se ordena a la demandada al pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y demás prestaciones desde el día del despido indirecto el día 29 de marzo de 2022 hasta que se acredite el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas, ello en base a la remuneración mensual $3.133
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 23/08/2023 RUC 22- 4-0407809-0 RIT O-3655-2022 CARATULADO ABARCA/Sociedad Miprochile SpA MAGISTRADO JOSÉ ALFREDO BRIONES ESCOBAR ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 11:17 HORA DE TERMINO 12:07 SALA Sala virtual 2.2 Nº REGISTRO DE AUDIO
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