3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

COMPAÑIA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A./SEPÚLVEDA

Rol

C-2196-2021

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 21 de septiembre de 2021, comparece don Felipe Andrés Contreras Carrasco, Abogado, en representación de Compañía General de Electricidad S.A, representada legalmente por don Iván Quezada Escobar, ingeniero Eléctrico, del giro de distribución y venta de energía eléctrica, ambas domiciliadas en calle Huérfanos N°886, of. 1211, Santiago e interpone demanda en juicio ordinario de menor cuantía de cobro de pesos, en contra de don Óscar Dagoberto Sepúlveda Rivera, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Bolívar 654, Antofagasta. Funda su demanda señalando que su representada es dueño de la boleta Nº299076264, N° de cliente 9183015, con fecha de vencimiento 23 de julio de 2021. Añade que la empresa suministró eficientemente de energía eléctrica al inmueble ya singularizado, sin que se haya efectuado reclamo alguno por parte de la demandada. Durante el período en que se suministró energía eléctrica, la demandada comenzó a incumplir el contrato debiendo realizarse reiterados cobros por los consumos de energía eléctrica, manteniendo un comportamiento habitual de de no pago de su deuda para con la actora, adeudando a la fecha de la demanda, la cantidad de $ 10.458.800, más cargos fijos e intereses correspondientes a la deuda impaga, como consta del documento antes referido. Código: NYGMXDBYHXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2196-2021 Por tanto solicita, al amparo de las normas de los artículos 1437 y siguientes, 2515 del Código Civil, demás pertinentes, y artículos 2,3, 253 y siguientes l y demás normas legales y de acuerdo con lo decretado en el DFL N° 4/20.018, de fecha 2006, y sistematizado del DFL N° 1, de 1982, en su artículo 225, letra q), se declare que la demandante tiene derecho a percibir el total de $10.458.800. SEGUNDO: Que, con fecha 20 de julio de 2021, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada y se citó a audien

Fallo

Por tanto solicita, al amparo de las normas de los artículos 1437 y siguientes, 2515 del Código Civil, demás pertinentes, y artículos 2,3, 253 y siguientes l y demás normas legales y de acuerdo con lo decretado en el DFL N° 4/20.018, de fecha 2006, y sistematizado del DFL N° 1, de 1982, en su artículo 225, letra q), se declare que la demandante tiene derecho a percibir el total de $10.458.800. SEGUNDO: Que, con fecha 20 de julio de 2021, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada y se citó a audiencia de conciliación. TERCERO: Que, con fecha 04 de julio de 2022, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. CUARTO: Que, con fecha 08 de septiembre de 2022, se celebró audiencia de conciliación, la cual se tuvo por frustrada atendida la incomparecencia de la demandada. QUINTO: Que, con fecha 09 de septiembre de 2022 se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos los que ahí se indican. SEXTO: Que, en auxilio a su pretensión, la parte demandante incorpora la siguiente prueba: I.- DOCUMENTAL. Folio N° 1 1.- Copia de la boleta electrónica Nº 299076264, con fecha de vencimiento 23 de julio de 2021. SÉPTIMO: Que, la parte demandada rindió la siguiente prueba en favor de su posición: I.- DOCUMENTAL. Folio 51. 1.- Copia autorizada de la escritura de compraventa de fecha 29 de Febrero de 2008 otorgada ante don Edmundo Devia González, suplente del notario titular de Antofagasta, don Edmundo Devia O

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C-2196-2021 FOJA: 56. TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. ROL : C-2196-2021. DEMANDANTE : CIA. GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A. DEMANDADO : OSCAR DAGABERTO SEPULVEDA RIVERA. MATERIA : COBRO DE PESOS. PROCEDIMIENTO : ORDINARIO DE MENOR CUANTIA. Antofagasta, primero de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 21 de septiembre de 2021, comparece don Fel

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