18º Juzgado Civil de Santiago

HERNÁNDEZ/ILUSTRE MUNICIPLIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-15110-2022

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 16 de diciembre de 2022 comparece do a Odetteñ Jacqueline Hern ndez Ramos, chilena, due a de casa, con domicilio ená ñ Pasaje Bernardo Vera N 1335, Comuna de Maip y deduce demanda deº ú prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal,ó ó en contra de la Ilustre Municipalidad De Maip , persona jur dica deú í Derecho P blica, R.U.T 69.070.900-7, representada legalmente por Tom sú á Vodanovic Escudero, c dula de identidad N 17.697.418-4, alcalde, ambosé ° con domicilio en Avda. Cinco de abril 260, Maip , Santiago.ú Funda su demanda en que es due a del inmueble ubicado en Calleñ Bernardo Vera N 1335, Comuna de Maip . Respecto de esta propiedad,º ú existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2022, seg n da cuenta elú documento denominado informe de deuda derechos de aseo . En dicho“ ” documento, consta que existe un per odo de derechos de aseo pendientes deí pago, que abarca desde el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2017 respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n de cobro de dichosó ó derechos, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Finaliza previas citas legales, en especial de lo dispuesto por el art culoí 2493, 2514 y 2515 del C digo Civil y solicita en definitiva que se declare laó Código: WHGXXDXTDTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15110-2022 Foja: 1 prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos de aseoó ó municipal, comprendidos entre el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2017, ascendentes a la suma de $2.236.499, m s sus respectivosá reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Bernardo Vera N 1335, Comuna de Maip .º ú Con fecha 27 de enero de 2023 el demandado contesta la demanda allan ndose totalmente a la d

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 ) Que en estos autos se conoce la demanda de prescripci n extintiva° ó de acciones de do a Odette Jacqueline Hern ndez Ramos, chilena, due añ á ñ de casa, con domicilio en Pasaje Bernardo Vera N 1335, Comuna deº Maip , en contra de la ú Ilustre Municipalidad De Maip , persona jur dica deú í Derecho P blica, R.U.T 69.070.900-7, representada legalmente por Tom sú á Vodanovic Escudero, c dula de identidad N 17.697.418-4, alcalde, ambosé ° con domicilio en Avda. Cinco de abril 260, Maip , Santiago, a fin de queú se declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos deó ó aseo municipal, comprendidos entre el 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2017, ascendentes a la suma de $2.236.499, m s susá respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Bernardo Vera N 1335, Comuna de Maip .º ú 2 ) Que, el demandado se allan totalmente a la pretensi n de la° ó ó demandante. 3 ) Que, incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega° ó aqu llas o esta, conforme lo dispone el art culo 1698 del C digo Civil.é í ó As , a objeto de acreditar sus pretensiones la actora acompa , losí ñó siguientes documentos: 1. Copia del certificado de dominio vigente inscrito a fojas 3230, n meroú 4680, del Registro de Propiedad del a o 2019, del Conservador deñ Bienes Ra ces de Santiago.í Código: WHGXXDXTDTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15110-2022 Foja: 1 2. Informe de Deuda Derechos de Aseo. 3. Certificado de aval o fiscal.ú Los documentos pormenorizados no fueron objetados por la demandada de autos. 5 ) Que conforme a lo dispuesto en el art culo 2514 del C digo Civil,° í ó La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hechoó exigible .” A su turno el inciso primero del art culo 2.515 del mismo cuerpo legalí dispone: este tiempo es en general del tres a os para las acciones ejecutivas“ ñ y de cinco para las ordinarias. La acci n ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres a osó ñ y convertida en ordinaria durar solamente otros dos .á ” 6 ) Que el art culo 7 del decreto ley N 3.063, de 1979 de Rentas° í ° Municipales, establece que las Municipalidades cobrar n un derechoá trimestral por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, entre otros, fij ndose anualmente la tarifa de acuerdo al costoá real de sus servicios de aseo domiciliario. 7 ) Que de acuerdo a lo anterior el cobro de derecho de aseo° domiciliario establecido en la norma antes referida no constituye un impuesto, resultando inaplicable en consecuencia el art culo 2521 delí C digo Civil a su respecto, raz n por la cual deber estarse a lo dispuestoó ó á por el art culo 2515 del mismo c digo.í ó 8 ) Que, acorde a lo anterior, y con el m ri

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo adem s presente lo dispuesto ená los art culos 1698, 1712, 1713, 2514, 2515, 2521 del C digo Civil; 144,í ó 160, 170, 254 y siguientes; 342, 426 del C digo de Procedimiento Civil, seó declara: I. Que se acoge la demanda, en cuanto a declarar prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipales que comprende el per odoí entre 30 de Abril del 2001 al 30 de Noviembre del 2017, por un monto de $2.236.499, respecto del Inmueble ubicado en Calle Bernardo Vera N 1335, Comuna de Maip , º ú ciudad de Santiago. II. Que no se condena en costas a la parte demandada por no oponerse a la demanda. Notif quese, reg strese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular;ñ Autorizada por don Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subrogante. á é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, uno de Marzo de dos mil veintitr sé Código: WHGXXDXTDTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15110-2022 Foja: 1 Código: WHGXXDXTDTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-01T11:44:17-0300

Texto Completo (Preview)

C-15110-2022 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15110-2022 CARATULADO : HERN NDEZ/ILUSTRE MUNICIPLIDAD DEÁ MAIPÚ Santiago, uno de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 16 de diciembre de 2022 comparece do a Odetteñ Jacqueline Hern ndez Ramos, chilena, due a de casa, con domicilio ená ñ Pasaje Bernardo Vera N 1335, C

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