CHÁVEZ/INMOBILIARIA PARQUES Y JARDÍNES S.A
Rol
O-5583-2022
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
Costas, Otras Materias Sindicales
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 6 de septiembre de 2022 se dio inicio a este procedimiento, por demanda presentada por el SINDICATO N°3 INMOBILIARIA PARQUES Y JARDINES S.A., R.S.U., 13080965, representado legalmente por su directiva, integrada por su Presidenta doña Claudia Chávez Alfaro, Rut Nº 16.193.764-9, por su tesorero don Rodrigo Fuentes Montecinos, Rut Nº 12.510.940-3, y por su secretaria doña Marcela Flores Fuentealba, Rut Nº 12.516.648-2, todos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos Nº 1160, oficina 1107, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, a VS. respetuosamente decimos: Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes, 42 letra a), 420, 425 y siguientes, 446 y siguientes, todos del Código del Trabajo (en adelante, también referido como el “CT”), y en representación de nuestros socios conforme a lo dispuesto en el artículo 220 del CT, interponiendo demanda declarativa de jornada laboral, en procedimiento de aplicación general, en contra de INMOBILIARIA PARQUES Y JARDINES S.A, representada legalmente, en virtud del artículo 4º, inciso 1 del CT por don Christian Montero Quiñonez, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicha norma, ambos domiciliados en calle Mac Iver Nº 225, piso 19, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Encontrándose debidamente emplazada, y encontrándose dentro de plazo, con fecha 11 de noviembre, se opuso excepción ineptitud del libelo y falta de personería, y en subsidio, se contestó la demanda. La audiencia preparatoria se llevó a cabo con fecha 18 de noviembre de 2022, rechazándose la excepción dilatoria, dejándose para definitiva la excepción de falta de personería. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se alcanzó. Fijados los hechos pacíficos y los controvertidos, se determinó cuáles serían los medios de prueba que se incorporarían en la posterior audiencia de juicio. Celebrada la audiencia de juicio, 01 de agosto de 2023, viéndose frustrado los nuevos llamados a conciliación
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el ejercicio de la acción declarativa interpuesta se solicita que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes, 42 letra a), 420, 425 y siguientes, 446 y siguientes, todos del Código del Trabajo, y en representación de las socias y los socios del sindicato, conforme a lo dispuesto en el artículo 220 del Código del Trabajo , solicitan que
Fallo
se declarando: 1.- Que los trabajadores del Sindicato N°3 Inmobiliaria Parques y Jardines S.A que prestan servicios en calidad de Agente de Ventas y Servicios Complementarios, no se encuentran excluidos de la limitación de jornada de trabajo, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo; y, 2. Que los trabajadores del Sindicato N°3 Inmobiliaria Parques y Jardines S.A que prestan servicios en calidad de Agentes de Ventas y Servicios Complementarios, se encuentran sujetos a una jornada ordinaria de trabajo, en los términos del artículo 22 inciso primero del Código del Trabajo, sin que la presente declaración pueda afectar a los ingresos remuneracionales de los trabajadores; todo ello con expresa condenación en costas, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que pasamos a exponer a continuación: ANTECEDENTES GENERALES. De la Inmobiliaria Parques y Jardines S.A. y de sus servicios, es una sociedad dedicada a la venta de terrenos en cementerios, como a su administración y mantención, servicios que ofrece en los once recintos que posee a lo largo de Chile, estos distribuidos entre las regiones de Arica y Temuco. Con objeto de ofrecer los servicios antes descritos, Parques del Sendero cuenta con trabajadores que desempeñan, en su mayoría, el cargo de Agentes de Ventas y Servicios Complementarios (Agentes de Ventas), quienes tienen por principal función ofrecer al público todos los productos y servicios que dispone la dem
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 6 de septiembre de 2022 se dio inicio a este procedimiento, por demanda presentada por el SINDICATO N°3 INMOBILIARIA PARQUES Y JARDINES S.A., R.S.U., 13080965, representado legalmente por su directiva, integrada por su Presidenta doña Claudia Chávez Alfaro, Rut Nº 16.193.764-9, por s
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