2º Juzgado Civil de Rancagua

GUZMÁN/

Rol

V-277-2022

Fecha

28 de febrero de 2023

Materia

NOTIFICACIONES JUDICIALES VARIAS, INCLUYE ÁRBITRO VOLUNTAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 22 de agosto de 2022, comparece don Haroldo Leguá Barrales, abogado, domiciliado en calle Rubio N° 285, Oficina N° 606, Edificio Andrés Bello, Rancagua, en representación convencional de doña FRANCISCA FERNANDA GUZMAN AVALOS, en representación de don GERMÁN SEGUNDO GUZMÁN ARENAS, BARBARA MAUREEN GUZMAN ILLANES, y de don FERNANDO NICHOLAS GUZMAN ILLANES, interponiendo solicitud de nombramiento de juez arbitro en contra de doña MARITZA ELEONOR GUZMÁN ARENAS, MÓNICA BEATRIZ GUZMÁN ARENAS, EDUARDO CRISTIÁN GUZMÁN ARENAS a fin que se designe un juez arbitro que proceda a la liquidación de la comunidad existente entre ellos. Fundando su solicitud, explica que con la solicitada, forman la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña EMMA DEL CARMEN ARENAS NAVARRO y don GERMÁN SEGUNDO GUZMAN. Indica que objetivo de esta solicitud es que se cite a audiencia de designación de árbitro para los efectos de liquidar la herencia intestada en conformidad a las reglas del juicio de partición. Hace presente que en causa rol V-352-2019, del Segundo Juzgado Civil de Rancagua, se designó un administrador de la sucesión. A folio 20, con fecha 4 de octubre de 2022, tiene lugar comparendo de designación de juez árbitro, con presencia del abogado de la parte solicitante don Haroldo Leguá Barrales, la solicitada doña Maritza Guzmán Arenas y a abogada doña María Loreto Vidal Solís, en representación de los solicitados de autos. La parte solicitada se allana a la solicitud de designación de juez árbitro. A folio 32, con fecha 12 de diciembre de 2022, consta escrito de común acuerdo en que solicitan las partes designar como juez arbitro a la abogada doña Marlene Fuentes Fuentes. A folio 38, con fecha 31 de enero de 2023, se traen autos para fallo. Código: YTGXXDTZDLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el solicitante a fin de sustentar su petición, acompañó conjuntamente con su solicitud prueba documental consistente en: 1. Certificado de Defunción de don Germán Segundo Guzmán, 2. Certificados de Nacimiento de Maritza Eleonor Guzmán Arenas, Mónica Beatriz Guzmán Arenas, Eduardo Cristián Guzmán Arenas, Germán Segundo Guzmán Arenas, Y Fernando Iván Guzmán Arenas, 3. Certificados de Nacimiento de doña Bárbara Maureen Guzman Illanes Y de don Fernando Nicholas Guzmán Illanes, 4. Certificado de defunción de Fernando Iván Guzmán Arenas, 5. Mandato Judicial de don German Segundo Guzmán Arenas a Francisca Guzmán Avalos, 6. Copia de Posesión Efectiva de don German Segundo Guzmán, 7. Copia de Posesión Efectiva de doña Emma Del Carmen Arenas Navarro, 8. Certificado de Defunción de doña Emma Del Carmen Arenas Navarro Segundo: Que, conforme a la apreciación prudencial de los instrumentos pormenorizados en el motivo anterior, se logra establecer la existencia de una comunidad entre las partes de esta solicitud voluntaria de nombramiento de juez árbitro. Tercero: Que, el artículo 1.317 expresa que “Ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión, la partición del objeto asignado podrá siempre pedirse con tal que los coasignatarios no hayan estipulado lo contrario”. Cuarto: Que, atendido que existe acuerdo en la persona de juez árbitro, y atendida la naturaleza del procedimiento, se accederá a la solicitud de designación de juez árbitro, tal como se dirá: Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 226, 232 y 234 del Código Orgánico de Tribunales; 646, 819, 826 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 1317 y siguientes del Código Civil;

Fallo

se resuelve: Nómbrese Juez Partidor a la abogada doña MARLENE FUENTES FUENTES, domiciliada en calle Bueras N° 359 oficina 701-702, edificio Código: YTGXXDTZDLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Génesis, Rancagua. Teléfonos: 722583447-997416614 correo electrónico marlenef@123.cl, a fin de que con las facultades de árbitro de derecho, proceda a la partición de la comunidad existente entre los comuneros. Notifíquese personalmente al nombrado, una vez ejecutoriada la presente sentencia, a fin de que acepte el cargo en forma, si así lo manifestare, y proceda a su cometido. Anótese, Regístrese y Archívese en su oportunidad. Rol V-277-2022 Dictada por don Cristián Fernández González, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Código: YTGXXDTZDLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-28T17:51:54-0300

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés Vistos: Con fecha 22 de agosto de 2022, comparece don Haroldo Leguá Barrales, abogado, domiciliado en calle Rubio N° 285, Oficina N° 606, Edificio Andrés Bello, Rancagua, en representación convencional de doña FRANCISCA FERNANDA GUZMAN AVALOS, en representación de don GERMÁN SEGUNDO GUZMÁN ARENAS, BARBARA MAUREEN GUZMAN ILLANES, y de don FERNAN

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